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Prestasalud no tiene experiencia en aseguramiento: Procuraduría

El ente cuestionó el proceso de venta de Cafesalud y que este consorcio se quedara con la EPS.

Justo cuando se anunció la venta de Cafesalud al consorcio Prestasalud, se conoció una carta de la Procuraduría General de la Nación en la que se cuestionan las condiciones de la misma por falta de garantías.

En una carta de 12 páginas, firmada por el procurador Fernando Carrillo, se cuestiona la fase actual de la venta respecto de los proponentes y ofertas en el proceso. "No garantizan con suficiencia los postulados relativos a la pluralidad, idoneidad y la selección objetiva", señala la comunicación.

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La misiva, que se entregó este martes a la Agente Especial Liquidadora de Saludcoop, Ángela María Echeverri, rechaza el que solo hubiera dos oferentes en el proceso y que solo una de esas ofertas pretendiera alcanzar la totalidad de activos de SaludCoop.

“Preocupa que esta única propuesta no refleja la pluralidad de oferentes, la sana competencia que debe darse para acceder a la mejor alternativa posible en el mercado, ni la materialización de una puja económica que favorezca financieramente los recursos del proceso de liquidación de Saludcoop y consecuentemente los del sistema de salud”.

El Ministerio Público además afirma que esa oferta integral, presentada por quien resultó finalmente ganador del proceso, es un consorcio conformado en su mayoría por Instituciones Prestadoras de Salud y otro tipo de entidad, “pero carece de entes que directamente cuenten con experiencia en materia de aseguramiento en salud”.

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Esta situación conlleva a observar que el consorcio, al no constituir una nueva persona jurídica, sustenta su propuesta a partir de la experiencia, condiciones y requisitos de cada uno de sus integrantes y como es sabido, tanto en la contratación pública como en la privada, en la mayoría de los casos se exige que cada uno de los integrantes del consorcio cumplan con la idoneidad debida para acceder a la contratación en concurso”, dice.

Es una ficción jurídica

Para la Procuraduría, es claro que no se puede equiparar la experiencia en la prestación de servicios de salud a la experiencia en materia de aseguramiento en salud, “siendo esta última necesaria para este proceso de venta en curso”.

La entidad señala además que ese consorcio que se presentó como único oferente integral, “funge bajo una ficción jurídica que le otorga capacidad para contratar y actuar, bajo la realidad de que los integrantes del mismo subsisten como personas jurídicas que tienen su propia naturaleza”.

En ese sentido, las IPS del consorcio serán prestadoras y aseguradoras al mismo tiempo, lo que para la Procuraduría es un riesgo.

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La carta establecer que se debía restringir la integración vertical en materia de contratación de las EPS e indica que los recursos de la venta de Cafesalud deben destinarse a garantizar el pago de las obligaciones inmersas en el proceso de liquidación de Saludcoop, así como que el proceso de venta debía garantizar en todo momento la calidad en la prestación de los servicios de salud.

La entidad señala además que, ante la posibilidad de una venta parcial o un proceso fallido, debían existir mecanismos alternos para garantizar, no solo la obtención del mayor valor posible de la venta también la superación inmediata de las falencias que ostenta la prestación actual de los servicios por parte de Cafesalud.

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Colprensa
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Miércoles, 24 de Mayo de 2017
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