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¡Diego de “Tapas,” impone multas!
El comparendo absurdo me ordenaba presentarme a la Unión Temporal Proyecto Vial Los Patios.
Jueves, 25 de Mayo de 2017

Este lunes que pasó, fui muy juicioso y obediente a notificarme y pagar ochocientos mil pesos de multa a la Dirección de Transito del Municipio de los Patios, pues a mi residencia me llegó el aviso de comparendo N.5440500000005985109 con una fotografía perfecta que retrata todo esto: mi vehículo y su placa, tres semáforos colgados de un soporte amarillo feo, el izquierdo con dos luces verdes, el del centro una luz amarilla y otra roja y el derecho con una luz roja. Infracción: No detenerse ante una luz roja o amarilla. (¿?) 

El comparendo absurdo me ordenaba presentarme a la Unión Temporal Proyecto Vial Los Patios para notificarme una multa y citaba la Ley769 de 2002 modificado por la Ley 1383 de 2010. Ese fue el error de los usurpadores de funciones públicas: Poner a un abogado a estudiar. 

Fui a la Inspección de Transito, porque el Artículo 3º y 134 la ley 769 de 2002 me indicaba que las únicas autoridades de transito con jurisdicción y competencia son: Mintransporte, gobernadores, alcaldes, organismos de transito departamental, municipal o distrital, la Policía Nacional y sus cuerpos especializados de tránsito urbano o de carreteras, inspectores de tránsito, corregidores, la Superpuertos y transporte y las fuerzas militares algunas veces. Por ninguna parte la Ley les da jurisdicción y competencias a las concesionarias y menos a La Unión Temporal Los Patios que me citaba. 

La Inspección me indicó que fuera al edificio Ágora y que allá me notificaban. Fui obediente y allí unas niñas me hicieron firmar, pero quedaron lelas, cuando les pedí me mostraran el Acto Administrativo o similar que contenía la multa y la firma del funcionario público que me notificaba, pues yo apelaba ante el superior en esa audiencia oral, conforme al derecho que me daba el mismo artículo 134. 

Quedaron lelas otra vez. Me manifestaron que ninguna de ellas era funcionaria pública de tránsito y que trabajaban para la concesión que era privada. 

Todas estas torpezas me llevaron a indagar la situación legal de la concesionaria Unión Temporal Proyecto Vial de Los Patios. Descubrí que a pesar que el artículo 18 Parágrafo 4º numeral 5º de la Ley 1551 de 2012 que modificó la Ley 136 de 1994, precisó que no puede haber concesiones, si no se ha expedido un acuerdo municipal que autorice al alcalde para realizar tal contrato; lo realizaron previa una licitación con dedo anular y adjudicaron a través de la Dirección de Tránsito a la suertuda Unión Temporal. ¡Genial! el Fast Track “Patiense”. Además ¿si habrán expedido el Estatuto de Contratación Municipal que ordena la misma ley? 

He solicitado al señor alcalde de manera respetuosa toda la documentación pertinente, para iniciar las acciones contenciosas pertinentes, las disciplinarias pues allí debe haber una falta gravísima, y la usurpación de funciones públicas y falsedad que comete la concesionaria. ¿Por qué la gente no denuncia y se deja esquilmar? 

Reconocemos que esa sospechosa adjudicación no fue realizada en esta administración, pero el alcalde debe bajar de los humos de poder que le han trastornado el ego y su pasada humildad y ponerse al lado de su gente. Diego debe dejar “las tapas” para los viernes, y 
atender estos temas prioritarios. Hay delito y faltas gravísimas. Mientras pueda no me dejaré tumbar.

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