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Lo cierto y lo falso sobre la revisión de los manuales de convivencia escolar
El Ministerio de Educación quiere “determinar que los mismos sean respetuosos de la orientación sexual y la identidad de género”.
Martes, 9 de Agosto de 2016

La revisión de los manuales escolares de convivencia es una obligación del ministerio de Educación Nacional, derivada de una orden de la Corte Constitucional.

Para cumplirla, el ministerio realiza talleres y encuentros con las secretarías y rectores de colegios oficiales y privados, para actualizar los manuales y “determinar que los mismos sean respetuosos de la orientación sexual y la identidad de género”.

Sin embargo, estos no son los únicos aspectos que aborda la Corte pues, contrario a los rumores sobre una presunta imposición de una o varias orientaciones sexuales, el alto tribunal también se refiere a otras disposiciones discriminatorias que afectan la convivencia escolar.

Lo cierto

La sentencia T-487 de 2015, si bien se origina en un caso de matoneo por la condición sexual de un estudiante, no tiene como único enfoque la diversidad de género, como se muestra a continuación:

* Según la sentencia T-478 de 2015, la revisión de los manuales de convivencia debe fortalecer la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, y no únicamente los derechos sexuales y reproductivos.

* Con la revisión de los manuales se pretende que la comunidad educativa pueda “aprender del error, respetar la diversidad y dirimir los conflictos de manera pacífica”.

*El ministerio no impone un estilo o características para la redacción y aplicación de los manuales de convivencia, pues estos son definidos exclusivamente por cada institución educativa, pública o privada.

* El ministerio utiliza un formulario de preguntas orientadoras para actualizar los manuales, el cual no solo se refiere a identidad de género sino que analiza las medidas pedagógicas para imponer sanciones, reconciliar, reparar y reparar daños relacionados con las relaciones en las escuelas, entre otras.

Lo falso

Hay diversas inquietudes como si los uniformes de los estudiantes dependerán de su identidad de género, o si los manuales imponen decisiones sobre su preferencia sexual, situaciones que aclara el ministerio, así:

* Los uniformes: El ministerio no tiene la facultad de especificar si los niños usan falda y las niñas pantalón. Sin embargo, sí revisa los antecedentes de la Corte sobre el reconocimiento de derechos de las personas transgénero, tales como la sentencia T-562 de 2013.

* Las cartillas: No existe ninguna cartilla autorizada ni entregada por el ministerio para la revisión de los manuales de convivencia. Según el ministerio, la guía de ambientes escolares libres de discriminación no fue validada ni distribuida por el Gobierno Nacional.

* Los baños: El ministerio tampoco define si debe haber baños mixtos. Estas decisiones, y las de los uniformes son autónomas de cada colegio, que no puede prohibir a un transgénero usar un uniforme de otro género.

Para tener en cuenta

* El plazo de los colegios para revisar sus manuales de convivencia se cumple en septiembre de este año.

* A la población transgénero se le debe dar una atención específica dada sus particularidades, que deben ser atendidas por expertos en los colegios.

* La orientación sexual se refiere a la atracción física o emocional de una persona por otra, ya sea heterosexual, lesbiana, homosexual, bisexual o asexual.

* La identidad de género se refiere a la “experiencia personal de ser hombre, mujer o de ser diferente que tiene cada persona”, ya sea transgenerista [transexual, travesti, transformista, drag queen o king o intersexual.

* Una persona trans puede ser heterosexual, lesbiana, homosexual o bisexual, tal y como pueden serlo quienes no son transgénero.

* La semana anterior, la Corte sentenció que un estudiante transgénero del Sena podía utilizar el uniforme masculino. La sentencia además, dice que el Sena vulneró el derecho al libre desarrollo de la personalidad del estudiante pues no le dejaron usar el uniforme de hombre y no le dio el trato acorde con su identidad.

* Esta semana, también la Corte decidió que un estudiante de Bolívar (Valle) pueda usar un uniforme de mujer en su colegio.

Opiniones

José Augusto Quintero, rector colegio José Eusebio Caro de Ocaña

Para el docente ocañero, aunque hay valores y paradigmas que por años ha inculcado la sociedad, también hay diferencias que, como representantes del Gobierno en la educación local, se aprenden a manejar.

“Somos muy respetuosos de las diferencias y de las acciones de las personas”, dijo el profesor, para quien la formación en valores es fundamental para que los estudiantes tengan un desarrollo que les permita orientar sus vidas.

“El respeto a la intimidad, a su propio cuerpo, al de los demás, son actos que se van configurando”, comentó. “Lamentablemente, vemos cómo por la influencia de las redes sociales se han perdido valores como el pudor porque hay una condición externa que no enseña a las personas a cuidarse y proteger su intimidad”.

El docente reconoció que también debe haber una formación sexual integral, independiente de si es hetero u homosexual, y señaló que la preferencia sexual de cada persona es una decisión personal pero debe cumplirse, por encima de todo, con las normas de convivencia acordadas en las instituciones educativas.

Yebrail Haddad, secretario de Gobierno de Norte de Santander

Según el secretario, la directriz de la entidad es ser respetuosos de las normas del Estado y el Gobierno Nacional, y sus orientaciones para llevar a cabo los procesos institucionales y misionales..

Para Haddad, hay unas las reglas de la Ley general de educación para construir los manuales de convivencia, los cuales deben adaptarse a las condiciones particulares de cada institución, e incluir la participación de toda la comunidad educativa.

En relación con la polémica de la actualización de los manuales, Haddad destaca que “lo importante es el ser humano, y es lo que debemos tener en cuenta nosotros, como servidores públicos”.

Para el funcionario, “cada una de las decisiones que se tomen en la administración pública deben tener en cuenta que todas las actuaciones deben llevarse a cabo para lograr el goce efectivo de los derechos y los fines esenciales del Estado”.

Agregó que la Constitución ampara el libre desarrollo de la personalidad, de manera independiente de la perspectiva de cada funcionario.

Óscar Urbina, arzobispo de Villavicencio

Para el vicepresidente de la Conferencia Episcopal es lamentable “que la Corte Constitucional y ahora el Ministerio de Educación estén abusando del Derecho para promover la ideología de género en los más variados ámbitos de nuestra sociedad”.  

“Aún tenemos presente cómo se tergiversó la definición constitucional de la familia para imponer un modelo que no estaba previsto en nuestro ordenamiento superior”, expresó en un comunicado.  “Ahora, el Ministerio, en el proceso de revisión de los manuales de convivencia de los colegios en Colombia, ejerce facultades que no están consagradas en la ley para imponer criterios extraídos de la ideología de género”.

Aunque la iglesia católica pide apoyo a sus fieles, sacerdotes y padres de familia para apoyar las expresions públicas en torno a la autonomía educativa de los colegios, con las marchas que se prevé realizar hoy, el ministerio de Educación ya ha dejado claro insistentemente que en ningún momento busca imponer condiciones a las instituciones educativas, pues de ellas depende cada decisión relacionada con la formación académica e integral de sus educandos.

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