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Pamplona
Procuraduría investiga a cuatro directivas de la Unipamplona
El ente en la región indaga sobre la presunta extralimitación de funciones de estos funcionarios.
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La opinión
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Miércoles, 14 de Diciembre de 2016

La elección del rector de la Universidad de Pamplona parece una película sin fin. Tras conocerse que el Juzgado Tercero Administrativo Oral de Cúcuta suspendió la elección amparando los derechos al debido proceso del docente Elkin Flórez Serrano, quien había interpuesto una tutela, un nuevo capítulo se reveló esta semana.

Ahora, la Procuraduría Regional de Norte de Santander, abrió investigación a cuatro funcionarios de la Universidad de Pamplona por posible extralimitación de funciones.

Se trata de la secretaria general, Diana Carolina Villamizar Acevedo; la directora (e) de la oficina jurídica, Carime Rodríguez Rodríguez; la directora de la oficina de gestión del talento humano, Merlyn Mildred Jaimes Delgado y la directora de control interno de gestión, Esperanza Gamboa Gamboa.

Ellas eran las encargadas de verificar que los aspirantes al cargo de rector, previamente inscritos en la Secretaría General, cumplieran con los requisitos consignados en los estatutos de la Unipamplona.

En caso de encontrar inhabilidades y según el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011, las funcionarias debían notificar a su superior, en este caso el rector Elio Daniel Serrano Velasco, o a la Procuraduría en ausencia del jefe inmediato.

Sin embargo, ellas remitieron la lista de aspirantes que cumplían los requisitos al Consejo Superior de la Universidad de Pamplona, la cual fue ratificada y quedó por fuera de ella el docente Elkin Flórez.

De acuerdo con el académico la razón por la que lo excluyeron de aspirar al cargo de rector fue porque hasta mayo de este año, perteneció al Consejo Superior como representante de los docentes.

La Opinión conoció que la Procuraduría solicitó a las funcionarias respuestas al hecho, las cuales carecieron de argumentos y en virtud de ello se les abrió la investigación.

Así mismo, lo sucedido posiblemente estaría quebrantando el rigor procedimental y presuntamente viciaría la elección del rector (Acuerdo 065 del 27 de octubre de 2016).

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