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Política
Procurador demanda acuerdo político entre gobierno y Farc
La razón de Alejandro Ordóñez es que en Colombia todo acto gubernamental puede ser controlado por los jueces.
Viernes, 29 de Julio de 2016

Sin que todavía esté firmado oficialmente, el Procurador General, Alejandro Ordóñez, demandó ante el Consejo de Estado el acuerdo de carácter político al que llegaron el Gobierno Nacional y las Farc para blindar jurídicamente los acuerdos de paz.

Se trata del acuerdo político que quedó plasmado, hasta el momento, en el comunicado conjunto No. 69, proferido en La Habana (Cuba) el pasado 12 de mayo en donde se informó que las partes habían llegado a un compromiso para que el Acuerdo Final al que se llegue tenga un blindaje jurídico, de la mano con el derecho interno colombiano y el derecho internacional.

Ese blindaje consiste en que el Acuerdo Final se entenderá como un Acuerdo Especial, en los términos del artículo 3 común a los Convenios de Ginebra y luego de la firma, éste será entregado al depositario de los Convenios Ginebra. Igualmente, señala el compromiso estatal de realizar una declaración presidencial unilateral ante el Secretario General de las Naciones Unidas.

Tras la expedición de ese comunicado de prensa, el Congreso introdujo en el Acto Legislativo por la Paz lo necesario para que se pueda considerar el Acuerdo Final como un Acuerdo Especial. Pero la demanda no va dirigida contra ese acto legislativo sino contra el acuerdo político al que llegaron ambas partes, que fue expresado en el Comunicado de prensa oficial, así todavía no esté la firma del acuerdo.

Según fuentes consultadas al interior del Consejo de Estado, aunque la demanda no va dirigida contra un acto administrativo, sí tiene una argumentación interesante que generará debate sobre si esta demanda se aceptará o no para su estudio.

En la demanda, el Procurador Ordóñez resaltó que el acuerdo político sí podía ser demandado ante el Consejo de Estado porque en Colombia todo acto gubernamental, inclusive los de naturaleza política, puede ser controlado por los jueces, "ya que esto materializa una garantía especial del sometimiento de todos los poderes públicos a la Ley, sometimiento que cobija incluso al Presidente y a los Delegados del Presidente en la mesa de conversaciones de paz".

Para Ordóñez, ese acuerdo entre el Gobierno y las Farc es un tipo de acto de gobierno muy especial, reglamentado por la Ley 418 de 1997, que si bien parece expedido por las dos partes referidas, en su criterio, posee una única voluntad, capaz de producir efectos jurídicos y por eso puede demandarse.

Para Ordóñez, este acuerdo político, que implica acciones internacionales unilaterales del Estado Colombiano, no está supeditado al resultado del plebiscito por lo que sería un compromiso autónomo e independiente de la decisión que tomen los ciudadanos, con lo cual se habría desconocido la ley.

"En efecto, al comprometerse a darle la categoría de Acuerdo Especial al Acuerdo Final que se llegue a suscribir con las Farc, sin perjuicio cuál sea hasta ahora o llegue a ser su contenido definitivo, se está infringiendo el artículo 3 común a los Convenios de Ginebra en tanto ello desborda el contenido y alcance de los acuerdos especiales en los términos de esta norma del DIH, ratificada por Colombia. Esto, pues debe destacarse que un acuerdo especial en todo caso debe referirse directamente a la aplicación de las normas convencionales o consuetudinarias del DIH y para este caso concreto el acuerdo final, a partir de lo que se conoce, contendrá temas que claramente desbordan esas limitaciones temáticas, al incluir asuntos como una política de manejo de drogas o de distribución de tierras", señaló la entidad.

El Jefe del Ministerio Público igualmente solicitó que el Consejo de Estado suspenda provisionalmente los efectos de ese acuerdo al estimar que si no se hace ahora, cuando el Consejo de Estado emita la eventual sentencia sobre esta demanda, ya se habrían concretado todas las obligaciones.

Bogotá | Colprensa

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