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Las preguntas que WhatsApp deberá responderle a Colombia
A la compañía se le envió un cuestionario con 15 preguntas. Entre ellas, que pasará con quienes no acepten la reforma en cuanto al tratamiento de datos.
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Colprensa
Colprensa
Lunes, 18 de Enero de 2021

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) envió una misiva a Menlo Park, California (Estados Unidos), en la que remitió 15 preguntas a Facebook, compañía propietaria de WhatsApp, relativas a las nuevas políticas de privacidad que entrarán en vigor en mayo.

El cuestionario enviado a la compañía se conoce luego de que, el pasado sábado 16 de enero, la entidad notificara la apertura de una actuación administrativa por el tratamiento de los datos.

Estas son las inquietudes enviadas y que deberán resolverse en un término de 15 días una vez Facebook reciba ek oficio de la SIC.

1. ¿Cuál es el número total de usuarios, ciudadanos y residentes que tiene WhatsApp en el territorio colombiano?

2. ¿Qué pasa si un usuario actual no acepta las nuevas políticas de privacidad o las condiciones de servicio de la aplicación WhatsApp?

3. ¿Al aceptar las actualizaciones, el usuario está obligado a aceptar las nuevas políticas de privacidad?

4. ¿Es factible que un usuario pueda seguir usando la aplicación WhatsApp sin aceptar las nuevas políticas de privacidad y Términos de Servicio?

5. ¿De qué manera WhatsApp LLC ha obtenido y va a obtener la autorización previa, expresa e informada que exige la regulación colombiana para poder recolectar y tratar los datos personales de los usuarios?

6. ¿Cómo WhatsApp LLC probará ante esta entidad que tiene la autorización de todos y cada uno de los Titulares de los Datos personales?

7. ¿De qué forma WhatsApp LLC dará cumplimiento al artículo 12 de la Ley Estatutaria 1581 de 2012?

8. ¿Cómo WhatsApp LLC probará ante esta entidad que cumplió lo que ordena el precitado artículo 12 respecto de todos y cada uno de los titulares de los datos personales?

9. ¿Cuáles son las finalidades específicas del tratamiento de los datos por parte de WhatsApp LLC a través de la aplicación WhatsApp?

10. ¿Cuáles son los datos específicos que recolectará WhatsApp LLC?

11. ¿Por qué es estrictamente necesario recolectar esos datos personales?

12. ¿El Titular del dato personal tiene la opción de manifestar que no está de acuerdo con que se recolecten determinados Datos personales o debe aceptar todo lo que WhatsApp LLC le imponga?

13. ¿La nueva política de privacidad cambiará las finalidades del Tratamiento de los Datos personales? En caso positivo, de qué manera se obtendrá la nueva Autorización que exige la parte final del párrafo tercero del artículo 5 del Decreto 1377 de 2013 (incorporado en el Decreto 1074 de 2015).

14. ¿En qué país o países se almacenarán los Datos de los usuarios residentes o domiciliados en la República de Colombia?

15. Respecto de los mecanismos para que las personas ejerzan sus derechos, ¿Cómo WhatsApp LLC dará cumplimiento al artículo 18 del Decreto 1377 de 2013 (incorporado en el Decreto 1074 de 2015)?

De otro lado, la SIC también le solicitó a la compañía 5 documentos adicionales en los que deben incluirse dos tablas comparativas. La primera debe presentar un comparativo entre las políticas de privacidad actuales y las nuevas. La segunda también debe evidenciar un comparativo, pero entre los términos del servicio actuales y los nuevos.

“Esta Dirección los requiere para que además de enviar la respuesta a las preguntas planteadas, remitan toda la información que consideren pertinente y necesaria para el ejercicio efectivo de su derecho de defensa (...)”, puntualizó la entidad.

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