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Admiten demanda contra prohibición de trabajar ebrio o drogado

Dos ciudadanos presentaron ante la Corte Constitucional la querella con el fin de que se considere la drogadicción como una enfermedad.

La Corte Constitucional admitió una demanda en contra de la prohibición legal que existe para trabajar en estado de embriaguez o bajo la influencia de las drogas.

Específicamente la Corte admitió una acción contra el segundo numeral del artículo 60 del Código Sustantivo del Trabajo, que le prohíbe a los trabajadores "presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes".

Los ciudadanos Claudia Liliana Sánchez y Carlos Mario Gómez presentaron la demanda alegando que esto vulnera los derechos a la intimidad y al buen nombre.

Los demandantes alegan que una sentencia de la Corte Constitucional le dio a los consumidores de drogas el carácter de "enfermos", por lo que la dependencia a las drogas debe ser declarado como una "enfermedad de tipo común" y no una conducta que deba ser prohibida para los trabajadores.

"Se vulnera el derecho fundamental a ser iguales ante la ley, pues si visiblemente el Código Laboral habla de enfermedades de tipo común, sólo pueden ser objeto de terminación con justa causa de manera unilateral por parte del empleador, si esta enfermedad dentro de un término de 180 días, no haya podido ser curada, si es completamente claro, que la calidad de enfermo dependiente o adicto estaría enmarcada dentro de una enfermedad de tipo común, no profesional", alega la demanda.

La Corte pidió, entre otros, los conceptos de la Presidencia de la República y los ministerios de Justicia y de Salud.

Lunes, 23 de Mayo de 2016
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