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Cerrar calles sin autorización podría generar multas y comparendos

Las comunidades podrán solicitar los permisos siempre y cuando argumenten que se trata de un evento cultural o deportivo.

Es común ver durante las épocas de fin de año y Navidad el cierre de calles o vías públicas, para celebrar estas festividades junto a la comunidad del barrio. Pero, ¿es legal cerrar una cuadra para celebrar Año Nuevo o Navidad?

De acuerdo con varios expertos en la materia, estas actividades tendrían una incidencia de carácter ilegal, por lo que se deberán solicitar permisos antes de ocupar el espacio público.


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El abogado constitucionalista, Juan Manuel Charry, explica que las vías públicas son administradas por los alcaldes municipales y locales, por lo que se debe solicitar el cierre de la calle a las autoridades correspondientes, ya sea municipales, regionales o distritales, para que estas decidan si les otorgan el permiso o no.

Siguiendo la misma línea, Jimmy Jiménez, socio de Integrity Legal, explica que, desde una vista 100% legal, el cierre debe ser autorizado por las autoridades civiles. Además, este trámite debe ser justificado y presentado previamente para que se haga el correspondido estudio del caso. No obstante, Jiménez recalca que no es viable que un ciudadano, de manera individual, presente esta solicitud porque probablemente esta le sea negada.

Por otro lado, resalta que si una comunidad solicita el permiso del cierre y lo justifica como una celebración de Navidad o Año Nuevo, lo más probable es que le sea negado. El abogado recomienda que el evento se presente como una actividad cultural o de la comunidad, para que este pueda pasar los permisos.

Hablando en términos de las medidas legales que se le pueden imponer a la comunidad si esta hace un uso indebido del espacio y no pidió el premiso requerido, Jiménez explica que los ciudadanos que lo promuevan pueden recibir sanciones, hasta incluso se pueden escalar en una investigación penal.

Cuando se presentan estas situaciones, explica que, las personas implicadas deberán responder ya que, en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, anteriormente conocido como el Código de Policía, le da la facultad a la Policía de generar sanciones o multas a los ciudadanos que no cumplan con los requerimientos para cerrar una vía pública. El artículo 140 de Código acobija el reglamento del uso del espacio público, por lo que las personas recibirían un comparendo.


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Sin embargo, dentro del Código se establece que el cierre de las actividades se haría si existen algunas conductas ilícitas dentro de la vía, pero como es una celebración de fin de año, pueda que esta investigación no prospere ya que las autoridades son más “flexibles” con respecto a estas medidas en las épocas decembrinas.

Por otro lado, Iván Cancino, abogado penalista, explica que, si una comunidad no quiere desalojar el espacio de vía pública, en especial si por allí pasa alguna ruta de transporte público, el Esmad podría llegar al lugar e irrumpir con la celebración para dar paso a los vehículos.

Finalmente, el penalista recalca que, dependiendo del evento y los elementos que se llevan a la celebración, la comunidad deberá tener pólizas de seguros en caso de alguna irregularidad o contar con los servicios de bomberos en caso de que haya fuego. Estas últimas requieren disposición monetaria, pero el resto del trámite que hace la comunidad es de manera gratuita y se puede hacer por medio de los portales web de las autoridades como el IDU.

La República*

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