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Conductores imprudentes de servicio público pueden ser encarcelados

La Corte Suprema instó a estos trabajadores a evitar poner en riesgo la vida de sus pasajeros.

Un fuerte llamado de atención hizo la Corte Suprema de Justicia a los conductores de servicio público, a quienes les exigió manejar de forma prudente sus vehículos para no poner en riesgo la vida de sus pasajeros. 

Así lo hizo el alto tribunal luego de estudiar el caso de José Arley Acevedo Perdomo, un conductor de Manizales quien el 11 de febrero de 2012 motivó la caída de un pasajero a quien transportaba, por no esperar a que descendiera del vehículo. Los hechos ocurrieron en la carrera 21 con calle 32. 

Las autoridades determinaron que el procesado condujo el automotor varios metros con la puerta trasera abierta, y tras presentarse el incidente, continuó su viaje sin auxiliar a la persona quien sufrió lesiones en las extremidades superiores y una deformidad que lo afectará el resto de su vida. 

Esto fue lo que llevó a que Acevedo Perdomo fuera procesado por lesiones personales, y condenado a una pena de seis meses de prisión y la suspensión de su licencia de tránsito. 

"La actuación retrata a una persona que, no obstante tener una profesión altamente riesgosa, que es garante de un sinnúmero de ciudadanos... incurre en una conducta asaz irrespetuosa de normas elementales: no llevar la puerta de egreso trasera debidamente cerrada como era su cabal obligación", señaló la Corte en el estudio de la sentencia.

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Colprensa
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Viernes, 4 de Mayo de 2018
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