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Colombia
El narcotráfico y el secuestro dejaron de ser conexos a los delitos políticos
Esta reforma se le adicionó al numeral 17 del artículo 150 de la Constitución Política.
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Colprensa
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Martes, 16 de Julio de 2019

A partir de este momento tanto el secuestro como el narcotráfico no podrán ser conexos a los delitos políticos. Esto luego de que el presidente de la República, Iván Duque Márquez promulgara el Acto Legislativo No. 02 de julio de este año.

Con la entrada en vigencia de este acto legislativo quienes cometan los delitos de secuestro o narcotráfico no podrán ser amnistiados ni indultados, como sucedió en el caso del acuerdo de paz de La Habana con la extinta guerrilla de las Farc.

Esta reforma se le adicionó al numeral 17 del artículo 150 de la Constitución Política un inciso que prohíbe considerar el secuestro y el narcotráfico como conductas orientadas a sustentar económicamente cualquier delito que atente contra el régimen constitucional.

“En ningún caso el delito de secuestro, ni los delitos relacionados con la fabricación, el tráfico o el porte de estupefacientes, serán considerados como delitos políticos o como conductas conexas a estos, ni como dirigidas a promover, facilitar, apoyar, financiar, u ocultar cualquier delito que atente con el régimen constitucional y legal. Por lo tanto, no podrá existir respecto de ellos amnistía o indulto”, señala el inciso.

El documento aclara que las disposiciones del mencionado inciso en ningún caso afectarán las disposiciones de acuerdos de paz anteriores, ni sus respectivas disposiciones, como el de las FARC. Señala que solo será aplicado a las  conductas cometidas con posterioridad a la entrada en vigencia del mismo.

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