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Estos fallos judiciales fueron reconocidos en Colombia por promover la igualdad

Dos fallos resueltos en Medellín y otro en Quibdó fueron reconocidos.

Durante el año 2022 muchos procesos terminaron en instancias judiciales en las diferentes entidades del estado solicitando cambios en las leyes, en los procesos o por hacer respetar sus derechos al considerar que han sido violados en algún momento.

Por esto, hay decisiones judiciales que tienen un toque diferencial que los hace ganadores de premios, como los realizados y entregados anualmente por el Consejo Superior de la Judicatura.


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En este caso, dos fallos resueltos en Medellín y otro en Quibdó fueron reconocidos por el Consejo al promover el derecho a la igualdad y la no discriminación en las sentencias judiciales. Estos son:

El abuso a una trabajadora en un evento empresarial

Al Tribunal Superior de Medellín llegó el caso de un hombre que solicitaba el reintegro e indemnización al Banco BBVA debido a un presunto despido ilegal.


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Según relata el hombre, tras estar empleado en el banco durante 25 años, le notificaron por medio de una carta que era despedido por conductas inapropiadas durante un evento sucedido en Melgar. Expresa que el evento se dio fuera de la jornada laboral, en un fin de semana, donde ingerir alcohol no estaba prohibido y había sido entre compañeros mayores de edad.

Tras esta demanda interpuesta, el juzgado 22 laboral del circuito de Medellín condenó en primera instancia al banco a pagar la suma de más de 150 millones de pesos por el despido injusto alegado por el trabajador. Tras esto, el banco impugnó la decisión que termino en el Tribunal Superior de la ciudad.

Al indagar más sobre el tema, se determinó que el evento en Melgar era institucional denominado Clausura Juegos deportivos nacionales, en donde eran citados, en calidad de trabajadores “preservar la salud, la integración y el esparcimiento de los trabajadores y en general mejorar el clima laboral”.

Sobre el momento de los actos que se reprochaba al trabajador y tras los testimonios encontrados, el Tribunal determinó que si existió un abuso contra una trabajadora del mismo banco tras aprovecharse de su estado de indefensión en el evento.

“Tres hombres que se “rotan”, manosean, besan y dan trago a una joven embriagada, a la vista de otras personas. Hay algo de indefensión y de juego grotesco en que sean tres hombres y una muchacha. Hay un evidente abuso, pues de la mera aplicación del sentido común se desprende que, de no estar ebria, la mujer no se sometería a tal escarnio” expresa el fallo.

Para el tribunal Superior, “el juez de primera instancia no se ocupó de analizar las conductas que se le endilgaron el actor como sustento de la justa causa para despedir, pues su atención se centró en el procedimiento utilizado para finiquitar el vínculo, el cual consideró ilegal”.

Finalmente, el Tribunal determinó que se absolvía al banco de pagar la suma de dinero al trabajador José Moreno al existir pruebas que el despido si fue por justa causa, tras el abuso a la trabajadora.

La muerte de un bebé tras haber nacido vivo

Al Juzgado Cuarto administrativo del circuito de Quibdó llegó el caso de una pareja la cual solicitaba indemnización por daños y perjuicios inmateriales tras la muerte de su hijo recién nacido.

Cuenta el fallo que Luis Fernando y Alba María, una pareja de 30 y 33 años, con dos hijas producto de su unión. Desde el inicio de la relación la pareja siempre quiso tener una pareja de hijos conformada por hombre y mujer, no obstante, tras concebir dos hijas, intentaron buscar otro hijo con la esperanza de que fuera un varón.

Tras la confirmación de un nuevo estado de embarazo en el centro médico, la confirmación fue sexo masculino para el nuevo integrante que vendría en camino. Toda la familia emocionada por la noticia siempre apoyó a la pareja y estuvieron en su acompañamiento durante los exámenes previos.

El día del parto llegó, el niño nacido vivo, pero tristemente, el informe del hospital anunciaba que el recién nacido había fallecido. Tras esa noticia, los padres demandaron al hospital por presuntas falencias en el trabajo de parto y por ser responsables de la muerte del bebé.


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Según la denuncia interpuesta a la Fiscalía por Luis Fernando, en el momento que acompaño a su pareja en el el parto logró identificar que los médicos que atendieron estuvieron siempre nerviosos antes, durante y después del parto, incluso no les daban ninguna respuesta a sus solicitudes.

Tras los exámenes de necropsia realizados por la Fiscalía al cuerpo del recién nacido, el juez del caso determinó que el recién nacido había muerto por un trauma contundente que le produjo un traumatismo craneoencefálico severo. Adicionalmente, tenía principal acción el hospital de Quibdó debido a que el recién nacido y su familia nunca salieron del centro médico.

Igualmente, determinó el juzgado que la mujer no fue atendida de la mejor manera durante el trabajo de parto, pues se identificó que, tras su llegada al hospital por las contracciones y sus posteriores eventos, nunca llego un ginecólogo especialista para atenderla.

"Es claro que la señora Alba María no fue valorada por el especialista en ginecología y menos en los momentos previos al parto, el cual tuvo que ser auxiliado por la doctora Córdoba Ramos, quien era médico general”, expresa el fallo.

También se determinó que la doctora expidió un certificado de nacido vivió el 13 de febrero siendo las 18:10 horas y que su deceso ocurrió a las 18:40 horas del mismo día, tal y como consta en el certificado de nacido vivo.

Para el juzgado competente al caso, además de las fallas sistemáticas aludidas, el hospital no demostró el momento y las causas que dieron al hematoma causante del deceso.

“Se traduce en un incumplimiento de las obligaciones a las que estaba sujeta la entidad demandada Hospital local de Quibdó, así como un indicio de la falla en la prestación del servicio médico – asistencial, tal y como se ha sostenido a lo largo de esta providencia”, describe el fallo.

Por todo lo anterior, se determina la responsabilidad del hospital en la muerte del recién nacido y pagar una multa de 100 salarios mínimos legales a cada uno de los padres, así como a las hermanas de la víctima.

 

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Sábado, 31 de Diciembre de 2022
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