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Funcionarios públicos: a publicar declaración de renta y conflicto de interés

La ley indica que así lo deben hacer los servidores públicos electos mediante voto popular.

Desde este año entrará en vigencia la ley que ordena que anualmente los funcionarios públicos de alta dirección hagan pública la presentación y registro de su declaración de renta y conflicto de interés, lo cual ayuda a la transparencia administrativa y combatir la corrupción en el sector público.

La ley indica que así lo deben hacer los servidores públicos electos mediante voto popular, los magistrados de las altas cortes, tribunales y de la Justicia Especial para la Paz (JEP), el Fiscal General de la Nación, los fiscales locales, seccionales y los jueces de la República, así como los magistrados del Consejo Nacional Electoral, el Procurador General de la Nación, el Auditor General de la República, el Defensor del Pueblo, el Contralor General de la República y el Registrador Nacional del Estado Civil.

También están obligados a cumplir la normatividad el Presidente de la República, el Gerente General del Banco de la República, los miembros de los Consejos Directivos y Rectores y Directores de universidades públicas, los directivos de las entidades adscritas o vinculadas a los ministerios y departamentos administrativos, con personería jurídica, y los embajadores y cónsules de Colombia en el exterior.

De acuerdo con la Ley 2013, “la publicación de esta información será requisito para posesionarse, ejercer y retirarse del cargo”.

Ordena igualmente la actualización cada año de la “presentación y registro de la declaración de bienes y rentas, del registro de conflictos de interés y la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios”.

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Colprensa
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Miércoles, 1 de Enero de 2020
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