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‘Jalón de orejas’ por querer hacer consultas virtuales a comunidades sin internet

La Procuraduría pidió a la ministra del Interior revocar la circular.

La ministra del Interior, Alicia Arango, deberá analizar una solicitud hecha por la Procuraduría, en la que pide revocar una circular que establece el uso de mecanismos virtuales para la legalización de consultas previas.

El Ministerio Público reseñó que la iniciativa es abiertamente contraria a la Constitución, a la ley y a la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

En la misiva enviada a la jefe de la cartera, el Ministerio Público afirmó que esta decisión afecta el derecho fundamental a la consulta previa de los pueblos étnicos, y agregó que la reglamentación debe ser mediante ley estatutaria, previamente consultada con los espacios de diálogo intercultural establecidos, entre ellos, la Mesa Permanente de Concertación Nacional con los pueblos y organizaciones indígenas y el Espacio Nacional de Consulta Previa con Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, por ser medidas de carácter general que los afectan directamente.

La Procuraduría le recordó a la ministra que en la Ley 113 de 1994 se faculta al Procurador General para solicitar al Gobierno Nacional la revocatoria de actos dictados en curso de una emergencia, que a su juicio afecten derechos fundamentales.

Para el órgano de control, la circular “excede las facultades que le otorga la Ley al Gobierno Nacional durante el actual Estado de Excepción, toda vez que reglamenta el goce y ejercicio del derecho fundamental a la Consulta Previa, limitándolo sólo a aquellas comunidades étnicas que tienen acceso a herramientas tecnológicas y canales virtuales”.

A juicio del ente de control, la circular desconoce que la mayoría de los pueblos étnicos habitan en territorios y regiones que presentan los indicadores bajos en materia de desarrollo humano y social, así como altas tasas de pobreza en Colombia, a las que se suman dificultades en materia de conectividad, cobertura y acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre ellos a los servicios de internet.

Para la Procuraduría, la circular atiende la necesidad de adelantar la consulta como tramite, más no como derecho fundamental del cual el Estado es garante, toda vez que la consulta virtual como se establece en el acto administrativo, “no es un procedimiento pertinente y adecuado para llegar a un acuerdo con las autoridades representativas de los pueblos y las comunidades, que en cada caso puede ser diferente”.

El Ministerio Público, por su parte, pidió establecer canales y mecanismos de concertación idóneos con las instancias de los pueblos étnicos, que permitan llegar a acuerdos sobre las medidas normativas e intervenciones que se den en los territorios en medio de la emergencia por la COVID-19 y el Estado de Excepción, sin que se afecte los derechos fundamentales de las comunidades, en particular, el de la consulta previa.

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Colprensa
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Sábado, 18 de Abril de 2020
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