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Jueces deben otorgar medidas de protección a segundos ocupantes de buena fe

La medida de protección debe darse en la misma sentencia de restitución.

La Corte Constitucional recordó a los jueces que deben conceder medidas de protección a los segundos ocupantes de un predio cuando, en un proceso de restitución de tierras se prueba que su ocupación se dio de buena fe. 

La Corte indicó que, por regla general, la medida de protección debe darse en la misma sentencia de restitución, cuando el juez cuente con los elementos suficientes. 

“La Sala considera que la determinación de la medida de protección en la sentencia de restitución concilia, de mejor manera, los derechos de las víctimas, a quienes se les restituye el bien que les fue despojado o que debieron abandonar, con los derechos de los segundos ocupantes en condición de vulnerabilidad que no tuvieron que ver (directa ni indirectamente), con el abandono o despojo. Así, se garantiza un efectivo cumplimiento de la restitución sin vulnerar los derechos de quienes habitan el predio a restituir o derivan de este sus medios de subsistencia”, dijo la Corte. 

El pronunciamiento se hizo a la hora de estudiar una tutela presentada por una persona que fue calificada como un segundo ocupante de buena fe, pues se comprobó que no tuvo que ver en el desplazamiento del dueño de una parcela que adquirió posteriormente. 

Sino que, “al contrario, se vinculó a la parcela como un hombre del campo que necesitaba la tierra para trabajarla, al punto que el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria lo reconoció como sujeto de reforma agraria y le adjudicó en el año 1993 como ya tuvo oportunidad de verse”. 

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Colprensa
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Martes, 5 de Diciembre de 2017
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