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Las audiencias virtuales de la justicia por la pandemia

El sistema judicial colombiano apenas está aprendiendo sobre lo virtual, pues cambiaron las costumbres del intrincado mundo jurídico.

Son las 9:15 a.m. y la jueza *Diana Fuentes ya tiene encendida su videocámara, con audífonos y todo, para iniciar una audiencia virtual desde su residencia. La señal aparece borrosa al inicio, o se queda estática, y el sonido sube y baja por momentos.

Minutos después –aunque siempre hay demoras— van apareciendo en cámara los abogados, el fiscal del caso y los representantes del Ministerio Público, al igual que testigos e indiciados (acusados). Todos se conectan desde portátiles, computadores de escritorio, tabletas y celulares. Sus rostros aparecen en varias cuadrículas en medio de una intermitencia de minicámaras que se encienden y apagan.

Los asistentes han sido convocados previamente por correo electrónico para utilizar aplicaciones como LifeSize o Zoom, las más populares hoy, entre otras, para la celebración de las audiencias virtuales que reemplazan a las presenciales debido a la pandemia de la COVID-19. El ingreso a la sala virtual o de espera se produce luego de introducir un código (contraseña) al link o enlace enviado desde la aplicación y su administrador.

Uno a uno, sin excepción, bajo la mirada seria y la atención de la jueza, se identifican con el número de sus cédulas de ciudadanía, dirección de residencia o de trabajo, correo electrónico, y número de tarjeta profesional en el caso de los abogados. ¡Señor… por favor identifíquese!, le recuerda algo molesta la jueza a uno de los asistentes, quien se disculpa: “Perdón, su señoría”. Todo forma parte de las reglas que deben acatarse para validar la identidad correcta de quienes participan, ya que toda la audiencia oral o juicio (puede durar hasta 10 horas) queda grabada en audio y video como constancia.

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Seguidamente, la jueza Fuentes menciona el número del proceso judicial y en qué consisten los delitos que se le imputan a las personas bajo el marco del sistema penal acusatorio. Y, quizás sin querer, continúa el juego del encendido y apagado de las minicámaras. Son caras que aparecen y desaparecen en un ambiente que a veces incomoda.

Casi siempre la cámara de alguno de los asistentes lo “pilla” descuidado. Para evitarlo, otros la apagan mientras no intervienen, e igual hacen con el audio para que no se filtren conversaciones molestas.

Un derecho

Toda audiencia es pública, pero algunas veces por la calidad de los procesados –en especial si se trata de menores de edad—, es reservada. Sin embargo, cualquier ciudadano puede ingresar y observar una audiencia virtual. Se debe hacer con micrófono apagado y el debido decoro y respeto. Eso reemplazó por ahora a las salas del Palacio de Justicia en diligencias que eran custodiadas por policías y guardianes del Inpec.

La sonada audiencia a los abogados del expresidente Álvaro Uribe, Diego Cadena y Juan José Salazar, fue una demostración de la importancia pública de este tipo de casos. Ese día llegaron a conectarse algo más de 1500 personas de forma virtual para enterarse de las acusaciones que les formulaban. Finalmente, a ambos juristas se les dio el beneficio de casa por cárcel. Se estima que la diligencia llegó a tener un poco más de 100.000 vistas en las redes sociales.

Al respecto, el abogado penalista, Juan David Castillo, señala que todos los ciudadanos tienen derecho al principio de publicidad en el proceso penal. En otras palabras, a conocer las actuaciones de los jueces y fiscales. Antes, recuerda, “los procesos eran arcaicos, secretos y cerrados”.

Diligencia

Al continuar con la audiencia, la jueza otorga la palabra al fiscal, y posteriormente el turno es de los abogados para que interroguen a sus clientes, recordándoles articulados, leyes y normas vigentes del Código de Procedimiento Penal.

Se citan fechas, comportamientos, hechos y otras conductas bajo la gravedad del juramento. Todo se basa en el acervo probatorio consignado en un expediente que lleva el juzgado. Se trata de las pruebas documentales, testimoniales y otras que se mencionan en la audiencia virtual para establecer el grado de culpabilidad o no de los procesados. Con el transcurrir de los minutos, la audiencia se torna lenta, y a veces la pobreza del sonido no permite entender lo que dicen las partes.

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Casi ninguna audiencia está exenta de controversias y no son pocos los reclamos en vivo y en directo entre las partes. De nuevo, regresa el ‘On’ y el ‘Off’ de las cámaras.

Por un instante, la jueza sube la voz cuando uno de los testigos guarda silencio frente a un interrogante del fiscal, no sin antes recordarle que tiene ese derecho legal como parte de las garantías que le ofrece la justicia.

Lo cierto es que el sistema judicial colombiano apenas está aprendiendo sobre lo virtual, pues la COVID-19 cambió muchas de las costumbres del intrincado mundo jurídico.

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Colprensa
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Martes, 1 de Septiembre de 2020
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