La Opinión
Suscríbete
Elecciones 2023 Elecciones 2023 mobile
Colombia
Lo que usted debe saber del traslado de Saludcoop a Cafesalud
Cerca de 144 mil usuarios en Norte de Santander serán trasladados para recibir atención en esa EPS.
Miércoles, 25 de Noviembre de 2015

Con el anuncio de la liquidación de SaludCoop por parte del Gobierno los usuarios de esta Eps pasarán a Cafesalud.

En el departamento, la cifra de usuarios que cambiarán a Cafesalud Eps, es de aproximadamente 144 mil.

Luego de más de cuatro años de haber sido intervenida por sus problemas administrativos y financieros, el Gobierno decidió liquidar a Saludcoop EPS.

Esta intervención, que inicialmente era de un año, se ha ido prorrogando debido a que algunas de las causales que motivaron dicha decisión, y que están relacionadas principalmente con la situación financiera de la entidad, no se habían subsanado.

La última prorroga se dio el pasado mes de mayo, cuando la Superintendencia decidió aumentar el tiempo en ocho meses, pensando en la situación financiera, que para la época debía más de 600 mil millones de pesos a proveedores, entre los cuales se encontraban clínicas, médicos y servicios externos.

Por esta razón, el ministro de Salud, Alejandro Gaviria, anunció que lo más conveniente era liquidar la empresa, por sus graves dificulades financieras y sólo con esta jugada se resolvería en parte las deudas de la entidad.

Este es el manual que entregó SaludCoop a los usuarios para que resuelvan sus inquietudes.

¿Por qué motivo se va a liquidar SaludCoop?

Por disposición de la Superintendencia Nacional de Salud

2. Si me trasladan, ¿me seguirán atendiendo los mismos profesionales en mi IPS?

Cafesalud EPS te garantizará la prestación de servicios de salud en la misma red de IPS en todo el país, para asegurar la continuidad de los tratamientos, pero la atención con los mismos profesionales dependerá de que estos sigan vinculados con la IPS.

3. Acabo de ser asignado como usuario de Cafesalud, ¿a dónde debo llamar para autorizaciones de transporte que tengo pendientes?

Podrás comunicarte a través de la línea telefónica nacional de Cafesalud 01-8000-120777 opción 1, para recibir soporte a tu solicitud.

4. ¿Hasta qué fecha me cubre los servicios Saludcoop?

Hasta el 30 de noviembre de 2015 Saludcoop asegurará su salud, a partir del 01 de diciembre de 2015, la prestación de servicios para usted y su grupo familiar serán asumidas por Cafesalud EPS, presentando sus órdenes o autorizaciones emitidas previamente por SaludCoop.

5. Soy un paciente de alto costo de SaludCoop EPS, ¿en qué farmacia de Cafesalud podré reclamar mis medicamentos POS?

Los medicamentos te los seguiremos entregando en las farmacias de alto costo designadas por Cafesalud EPS, a nivel nacional, con la respectiva autorización. Puedes consultarlas en sitio web de la EPS asignada.

6. Me autorizaron medicamentos y procedimientos por SaludCoop EPS, ¿estas autorizaciones tendrán vigencia ante a las I.P.S. de Cafesalud?

Sí, las autorizaciones de medicamentos y procedimientos que se encuentren ya aprobadas por SaludCoop EPS mantendrán su vigencia. Con ellas Cafesalud EPS garantizará la prestación del servicio y la entrega de los medicamentos, siempre y cuando la autorización esté vigente.

7. Si tengo medicamentos autorizados pendientes de entrega por SaludCoop EPS, ¿Cafesalud EPS me los va a entregar sin cambiar la autorización?

Sí, con las autorizaciones aprobadas y vigentes podrás reclamar tus medicamentos sin realizar ningún cambio en la documentación.

8. Como paciente de alto costo me están suministrando un medicamento importado que fue autorizado por el Invima para SaludCoop EPS. ¿Cafesalud EPS me lo va a seguir suministrando sin tener que hacer ningún trámite adicional?

Sí, el proceso no presenta ningún cambio, te entregaremos el medicamento con la autorización respectiva.

Recuerda que las autorizaciones se solicitan con periodicidad mensual, entonces la del siguiente mes la debes generar a nombre de Cafesalud EPS.

9. Si el día en que se formaliza la asignación de usuarios estoy hospitalizado, ¿Cafesalud EPS entrará a cubrir la hospitalización?

Sí, Cafesalud EPS continuará cubriendo por el POS la hospitalización siempre y cuando registres en nuestro sistema con estado de afiliación activo.

10. Tengo un CTC pendiente por autorización que tramité con SaludCoop EPS y no puedo interrumpir el tratamiento. ¿Qué debo hacer?

No debes realizar ningún trámite. Todas las órdenes pendientes por autorización a la fecha de la asignación de usuarios se recibirán para trámite en Cafesalud EPS. El direccionamiento de dichas autorizaciones se hará para la red de prestadores contratada por Cafesalud, que esté vigente en el momento de la prestación del servicio.

11. En SaludCoop me aprobaron el CTC ¿En qué farmacia lo puedo reclamar?

La entrega de tus medicamentos se continuará realizando a través de la red de farmacias de alto costo asignada a cada una de las regionales por Cafesalud EPS, en las direcciones que aparecen en la autorización. Puedes consultarlas en www.cafesalud.com.co.

12. ¿Se garantizará la continuidad del servicio en las mismas instituciones prestadoras?

Sí, Cafesalud EPS garantizará la prestación del servicio siempre y cuando las órdenes de atención estén vigentes.

Recuerda que la vigencia de la orden de atención es de máximo 60 días.

13. Si en el momento de la asignación de usuarios tengo medicamentos pendientes de entrega, ¿debo realizar algún trámite adicional para la entrega por Cafesalud EPS?

No, Cafesalud EPS, a través de su red de medicamentos, garantizará el suministro de las fórmulas que tengas pendientes por entrega en el momento de la asignación de usuarios.

14. Tengo la cita con un especialista o para un procedimiento para una fecha posterior a la asignación de usuarios a Cafesalud, ¿debo volver a solicitar la cita?

No, la atención será prestada en la misma IPS donde se encuentra agendada y autorizada previamente. Debes tener en cuenta que la autorización se encuentre dentro del período de vigencia. También, debes confirmar la cita con el agente de la línea de atención al usuario.

15. Las órdenes para oxígeno que ya se han generado por SaludCoop EPS pero que no se han hecho efectivas, ¿se deben volver a tramitar para Cafesalud EPS?

No, se garantizará el servicio con las órdenes emitidas que se encuentren vigentes. Recuerda que tu autorización tiene una vigencia de 30 días.

16. Me aprobaron el cambio de dispositivo de oxígeno por SaludCoop EPS pero aún no se ha efectuado, ¿debo volver a solicitarlo para Cafesalud EPS?

No debes solicitar nuevamente el cambio de la orden, tu solicitud se tramitará con la autorización aprobada previamente para SaludCoop.

17. Tengo pendientes con SaludCoop EPS unas terapias que no alcanzo a tomar antes de la asignación de usuarios. ¿Puedo seguir tomando las terapias con Cafesalud en la misma IPS sin hacer ningún trámite?

Sí, no necesitas realizar ningún trámite adicional. Se garantizará el servicio con las órdenes emitidas siempre y cuando se encuentren vigentes.

18. ¿Me cobran las multas que tenía con SaludCoop?

Los eventuales pagos pendientes a realizar por concepto de multas los deberás tramitar con SaludCoop EPS, debido a que el momento en que se causó estabas afiliado a esta entidad.

Medicina Laboral


1. Estoy en proceso de calificación por enfermedad laboral en SaludCoop EPS. ¿Debo llevar nuevamente los documentos para que me abran el proceso en Cafesalud?

Tu proceso de calificación por enfermedad laboral continúa su curso con Cafesalud, sin que realices ningún trámite adicional.

2. Si ya tengo una calificación y una incapacidad permanente de origen laboral, ¿me será respetada en Cafesalud?

Recuerda que tu incapacidad permanente es otorgada por la ARL a la que te encuentras afiliado. Cafesalud EPS seguirá con el proceso correspondiente según la etapa en la que quedó para SaludCoop EPS.

3. Tengo una enfermedad laboral que se sometió a comité en SaludCoop EPS pero no se terminó de tramitar ¿este proceso continúa en Cafesalud EPS?

Sí, Cafesalud EPS dará continuidad al proceso sin importar la etapa en la que este se encuentre.

4. Si tengo una incapacidad prolongada por origen laboral aprobada por SaludCoop, ¿en Cafesalud me siguen contando los días para la expedición del formato de rehabilitación que me entrega la EPS?

No, los días transcurridos de la incapacidad pierden la prórroga. Es importante que tengas los soportes de incapacidad expedidos por SaludCoop, para que en Cafesalud EPS se pueda tramitar el documento correspondiente.

5. Me hicieron la notificación de incapacidad temporal o permanente cuando estaba en SaludCoop, ahora en Cafesalud cumplo los 150 días de la incapacidad, ¿quién hace el formato de rehabilitación?

El formato de rehabilitación lo documenta el equipo interdisciplinario de medicina laboral definido por Cafesalud EPS.

6. Si SaludCoop me hizo una calificación por enfermedad laboral y dentro del tiempo para controvertir me trasladan a Cafesalud, ¿puedo radicar la controversia en Cafesalud?

Sí, puedes radicar la controversia en Cafesalud EPS dentro de los términos legales, aclarando el cambio de EPS de SaludCoop a Cafesalud.

7. Si tengo incapacidades de SaludCoop EPS pendientes por radicar, ¿puedo radicarlas con Cafesalud EPS y esos días se siguen sumando como prorroga?

No, estas deben ser radicadas en Saludcoop EPS para el estudio de reconocimiento, una vez realizado el trámite, y en caso de presentarse nuevas incapacidades, se deberá informar en dicha solicitud las que fueron tramitadas ante Saludcoop.

8. ¿Qué pasaría si se expide una incapacidad el día en que se hizo efectivo el traslado a Cafesalud?

Las prestaciones y pago de esta incapacidad estarán a cargo de Cafesalud.

9. ¿Si voy a cumplir 180 días de incapacidad ininterrumpida, puedo continuar con mi proceso ante el fondo de pensiones?

Sí, su proceso no debe verse afectado por el paso a Cafesalud EPS

Programas especiales


1. Soy un paciente vinculado a un programa especial con controles en la red de SaludCoop, ¿ahora en dónde seré atendido?

Te continuaremos ateniendo en la IPS donde recibes los servicios actualmente. A partir del 1 de diciembre usted estará afiliado a Cafesalud EPS y podrá consultar la página en la línea 01800120777 www.cafesalud.com

2. Estoy vinculado a un programa especial y tengo una orden de autorización de SaludCoop EPS para una IPS en la que me prestarán el servicio, ¿Puedo acceder con esa orden a la consulta si ahora soy usuario de Cafesalud?

Sí, con las órdenes vigentes te prestaremos atención en la IPS a la que está dirigida la atención. Recuerda que la vigencia de la orden de atención es de máximo 90 días a partir de la fecha de emisión.

3. Soy un paciente de programas especiales de SaludCoop EPS, ¿en qué farmacia de Cafesalud podré reclamar mis medicamentos POS?

Estos medicamentos te los continuaremos entregando en las farmacias de alto costo designadas por Cafesalud EPS, a nivel nacional, con la respectiva autorización. Puedes consultarlas en www.cafesalud.com.co.

4. Me autorizaron medicamentos y procedimientos por SaludCoop EPS, ¿estas autorizaciones tendrán vigencia ante a las IPS de Cafesalud?

Sí, las autorizaciones de medicamentos y procedimientos que se encuentren ya aprobadas por SaludCoop EPS mantendrán su vigencia, con ellas te garantizaremos la prestación del servicio y la entrega de los medicamentos, por Cafesalud EPS, siempre y cuando la autorización esté vigente.

5. Si tengo medicamentos autorizados pendientes de entrega por SaludCoop EPS, ¿Cafesalud EPS me los va a entregar sin cambiar la autorización?

Sí, con las autorizaciones aprobadas y vigentes podrás reclamar tus medicamentos sin realizar ningún cambio en los puntos definidos por Cafesalud EPS.

 Promoción y prevención

1. Estoy en embarazo y tengo exámenes pendientes con SaludCoop, ¿qué debo hacer?

Los exámenes y controles de tu embarazo se continuarán prestando en la misma IPS donde has venido sido atendida sin necesidad de adelantar ningún trámite adicional.

2. Estoy inscrito en los programas de PYP (promoción y prevención) en mi IPS, ¿voy a poder continuar inscrito en esa misma IPS?

Sí, la prestación de los servicios de los programas de PYP te los seguiremos prestando en la misma IPS, garantizando la continuidad de la atención en los diferentes programas en los cuales te encuentres inscrito.

3. Soy materna de alto riesgo y SaludCoop EPS me entregó una tableta, ¿Debo entregarla?

Cafesalud EPS mantiene el compromiso con el acompañamiento a las maternas de alto riesgo, por ello no debes devolver la tableta entregada hasta que se cumplan los 40 días después del parto. Recuerda que los controles de tu embarazo y tus programas continuarán prestándose de la misma forma en la IPS donde hasta ahora has sido atendida.

 Referencia y contra referencia

1. Tengo un familiar hospitalizado en el momento de la asignación de usuarios, ¿se le garantizará la continuidad en la prestación del servicio a los pacientes hospitalizados?

Sí, el paciente tendrá cubierta la prestación del servicio en la IPS donde se encuentre hospitalizado.

2. ¿Se garantizará la operación para la generación y respuesta a casos especiales?

Sí, el proceso continuará funcionando de la misma forma.

3. Estoy hospitalizado en el momento de la asignación de usuarios. ¿debo realizar algún trámite para que Cafesalud sea quien autoriza mi salida?

No debe realizar ningún trámite. Se dará continuidad de la atención hospitalaria a los pacientes en la misma IPS donde se encuentren y la salida será autorizada por Cafesalud EPS.

• Salud Oral

1. SaludCoop EPS me remitió para prótesis dental total pero aún no he terminado el tratamiento. ¿Ahora con Cafesalud debo iniciarlo nuevamente, cambiando de IPS u odontólogo?

No, Cafesalud EPS te realizará el tratamiento odontológico dando continuidad al proceso, en la misma IPS donde se está realizando actualmente.

2. Ya fui examinado en una IPS para la cirugía de cordales, pero tengo pendiente la intervención quirúrgica, ¿qué debo hacer?

Cafesalud EPS te garantizará la intervención dando continuidad al tratamiento odontológico adelantado en la misma IPS. No es necesario que saques otra radiografía panorámica, únicamente llevar a todos los controles los exámenes tomados.

3. Tengo una remisión a endodoncia u otra especialidad odontológica emitida por SaludCoop EPS, ¿debo cambiar la remisión para Cafesalud?

No, para garantizar la continuidad de la atención, la remisión mantendrá la vigencia de 90 días, por lo tanto no debe cambiarse.

4. Inicié un tratamiento con una especialidad básica de odontología, el cual no ha sido terminado por el profesional para el momento de la asignación de usuarios, ¿debo cambiar la remisión para solicitar la cita a través del call center?

No, para garantizar la continuidad en la atención, no debe cambiarse la remisión a la especialidad, en tanto la remisión este vigente (90 días), de lo contrario el usuario deberá solicitar nuevamente cita con el odontólogo general para una nueva remisión.

 Tutelas

1. Tengo una tutela en curso al momento de la asignación de usuarios, ¿dónde me autorizan los servicios y me entregan lo que cubre el fallo?

El proceso autorizador continúa igual. La documentación que te solicitamos es la misma y se continuarán garantizando los servicios según lo que ordene el fallo de tutela.

2. ¿Las autorizaciones de medicamentos y procedimientos que hayan sido generadas para SaludCoop tendrán vigencia frente a las IPS de Cafesalud?

Sí, las IPS van a aceptar las mismas autorizaciones que ya tramitaste. Los servicios ya autorizados no tienen cambios en sus vigencias.

3. Tengo una tutela en curso ¿debo entregar soportes adicionales?

No, con los soportes que nos entregaste para iniciar los trámites de tutelas en SaludCoop EPS, Cafesalud puede continuar el proceso.

4. Tengo un fallo de tutela proferido por un juez, ¿debo hacer alguna gestión jurídica por el cambio de EPS a Cafesalud?

No, las gestiones a las que haya lugar tendrán un manejo interno propio de Cafesalud EPS.

5. Interpuse una tutela y no ha sido fallada en el momento de la asignación de usuarios, ¿qué debo hacer?

La gestión dependerá del tipo de tutela.

Las tutelas de servicios médicos deben ser garantizadas por la EPS receptora (Cafesalud EPS) y se traslada en el proceso que se encuentre, junto con tu historia clínica a la nueva entidad.

Las tutelas de prestaciones económicas deben ser garantizadas por la EPS remisora (SaludCoop EPS) y por ende no se trasladan a Cafesalud a menos que se tenga orden expresa por parte del juzgado. En este caso, la respuesta a la tutela debe validarse por el equipo definido una vez se expida la normatividad de la asignación de usuarios.

6. Como paciente de programas especiales tengo un fallo de tutela a favor, que obligan a la atención integral por parte de la EPS. ¿Cafesalud EPS me garantizará la continuidad de los servicio o debo interponer una nueva acción de tutela para esta entidad?

Sí, según el Decreto 3045 de 2013, en el caso de servicios no incluidos en el POS que deban prestarse en virtud de fallos de tutela, serán garantizados por la entidad receptora, en este caso Cafesalud EPS.

Gestión de operaciones

1. ¿Cuándo me pasen a Cafesalud, me van a pasar en el mismo estado en el que estaba en SaludCoop EPS?

Se mantendrá el estado que traía con Saludcoop EPS

2. Estoy afiliado a SaludCoop EPS pero quiero incluir a mis beneficiarios. ¿Lo puedo hacer en SaludCoop o tengo que esperar a que me pasen a Cafesalud EPS?

SaludCoop EPS recibirá novedades normalmente hasta el día que entre en vigencia la Resolución 2414 de asignación, es decir, hasta el 30 de noviembre de 2015, para trámites en fechas posteriores, Cafesalud EPS será la entidad responsable de recibirte dichas novedades.

3. Presenté una solicitud de portabilidad en SaludCoop EPS y no me han dado respuesta, ¿tengo que volver a solicitarla en Cafesalud?

No, el proceso lo asumirá Cafesalud EPS y esta entidad es la encargada de darte respuesta con relación a la solicitud de portabilidad.

4. Tengo una portabilidad ya aprobada por SaludCoop, ¿debo solicitarla nuevamente para Cafesalud?

No, las portabilidades vigentes se mantendrán en Cafesalud EPS, de acuerdo con tu solicitud inicial.

5. Radiqué una novedad en SaludCoop EPS y no registra en base de datos aún, ¿debo volver a radicarla en Saludcoop EPS?

No, las novedades recibidas por SaludCoop EPS, hasta el 30 de novimbre de 2015, se ejecutarán en Cafesalud EPS.

6. Soy afiliado independiente y estoy en mora con SaludCoop EPS, ¿debo pagar la deuda a Cafesalud EPS?

No, la deuda sigue vigente con SaludCoop y tú deberás realizar los pagos a dicha entidad. En Cafesalud EPS, recuerda realizar los pagos oportunamente con base en la fecha para los dos últimos dígitos del NIT o cédula y de esta forma evitas incurrir en mora y por ende suspensión del servicio, a partir del 1 de diciembre estos pagos se realizaran a cafesalud.

7. Soy afiliado independiente y solicité a SaludCoop EPS la devolución de pagos de aportes, ¿qué pasará con esa solicitud?

Los pagos que se encuentran en proceso de devolución por parte de SaludCoop EPS, se siguen tramitando de acuerdo a la normatividad vigente por el área financiera en esa EPS (decreto 4023). Para cualquier información adicional comunícate con la línea de tesorería para SaludCoop EPS 606 2913 en Bogotá o en la línea nacional 01 8000 113338.

8. Estoy afiliado a otra EPS y los pagos se han cargado a SaludCoop EPS, ¿a quién le solicito la devolución de aportes?

SaludCoop EPS es la entidad encargada de realizar la transferencia de estos pagos a la EPS en la que te encuentras afiliado.

9. Estoy afiliado a SaludCoop en el régimen subsidiado, ¿cómo será mi paso a Cafesalud?

Se conservan los mismos datos que se tienen registrados y el estado de afiliación como afiliado al régimen subsidiado de Cafesalud como novedad por movilidad al subsidiado según Decreto 3047.

10. Soy aportante y no alcancé a tramitar las incapacidades y licencias con SaludCoop EPS. ¿Cuál será el trámite que debo realizar para que me sean reconocidas?

El pago de las incapacidades y licencias previas al 30 de noviembre de 2015 son responsabilidad de la EPS SaludCoop.

11. Para los usuarios que están en medio de la incapacidad en el momento de la asignación de usuarios y una fracción corresponde a SaludCoop y la otra a Cafesalud, ¿cómo se debe realizar el trámite de reconocimiento de la misma?

El consultor de la línea de frente debe validar si la fecha inicial de la incapacidad fue generada en la vigencia de afiliación con SaludCoop, de ser así la solicitud de pago debe realizarse a SaludCoop quien hará el reconocimiento hasta la fecha fin de esta incapacidad o licencia. Si la fecha de inicio de la incapacidad se generó dentro de la afiliación con Cafesalud, el aportante realizará la solicitud de pago a Cafesalud.

12. Necesito tramitar el cambio de origen de unas incapacidades, ¿a quién debo solicitarlo?

Debes solicitar el cambio de origen a la EPS que emitió la incapacidad.

13. Necesito un histórico de incapacidades para mi trámite de pensión, ¿a cuál EPS debo realizarle la solicitud?

Si has tenido incapacidades por SaludCoop EPS y por Cafesalud EPS, la solicitud de histórico la debes realizar de forma independiente para cada EPS.

14. Ya estoy en Cafesalud EPS y no estoy de acuerdo con una liquidación de la incapacidad que me generó SaludCoop EPS, ¿a qué EPS debo solicitar la reliquidación?

Se la debes solicitar a SaludCoop EPS.

15. ¿Qué pasará en el caso de las incapacidades generadas por SaludCoop antes de la fecha de la asignación de usuarios, que se deben transcribir con posterioridad a dicha asignación?

La incapacidad o licencia estará a cargo de la EPS en la que el usuario reportaba afiliación al inicio de la prestación económica. En este caso deberá radicarse en SaludCoop.

16. ¿Si yo tengo incapacidades con prórrogas en SaludCoop, éstos acumulados se tendrán en cuenta en Cafesalud?

Sí, se tendrán en cuenta.

17. Tengo un fallo de tutela abierto en donde el juez ordena a SaludCoop el pago de las incapacidades mayores a 180 días hasta que se emita la calificación de invalidez por parte de la junta o fondo de pensiones. ¿Este fallo sigue vigente en Cafesalud?

Sí, por el decreto 055 de 2007 la EPS Cafesalud debe dar continuidad al fallo abierto y por tanto los pagos se realizarán a través de esta EPS.

18. ¿Qué se hace con las incapacidades que se pagaron mal en SaludCoop? ¿A quién le corresponde por la corrección?

Se debe solicitar la corrección o reliquidación en SaludCoop.

19. Soy afiliado independiente e hice pagos anticipados a SaludCoop. ¿Qué va a pasar con esos aportes?

Estos aportes serán trasladados a Cafesalud, mediante el proceso de transferencia.

20. ¿Las semanas cotizadas que traía con SaludCoop me van a quedar cargadas en Cafesalud?

Si, las semanas cotizadas en SaludCoop EPS serán cargadas en Cafesalud EPS.

21. ¿Va a dejar de existir SaludCoop en los operadores de recaudo PILA para que los pagos no se direccionen erradamente?

No, el operador PILA seguirá recibiendo pagos de periodos en mora de SaludCoop y no para pagos de periodos futuros ya que estos deben realizarse en Cafesalud EPS.

22. ¿Qué pasa con los traslados en curso de otras EPS a SaludCoop, que se quedaron en trámite en el momento de la asignación de usuarios?

Los traslados de otras EPS que estén pendientes de respuesta al momento de la asignación de usuarios serán cerrados con negación, en este caso podrá radicar nuevamente una afiliacion en cafesalud.

En el caso de los traslados de otra EPS ya aprobados a SaludCoop, iniciaran servicios plenos en Cafesalud EPS al momento de la asignación.

 Participación ciudadana

1. ¿La asociación de usuarios conformada de SaludCoop EPS se liquidará?

Sí, la asociación de usuarios de SaludCoop EPS deberá ser liquidada junto a la EPS, de acuerdo con lo establecido en los estatutos de cada una de ellas.

2. Soy miembro de la asociación de usuarios de SaludCoop, ¿qué tengo que hacer para formar parte de la de Cafesalud?

Únicamente debes manifestar tu interés en pertenecer a este espacio de participación ciudadana, inscribirte en el listado de miembros de la asociación de usuarios y estar activo como usuario de la EPS Cafesalud.

3. Somos parte de la asociación de usuarios de SaludCoop y no queremos formar parte de la asociación de Cafesalud, ¿podemos mantener nuestra asociación independiente a la que ya existe?

No, al momento de liquidar a la EPS SaludCoop, las asociaciones de usuarios quedan insubsistentes.

4. ¿Cómo será el proceso de liquidación de la asociación de usuarios de la EPS SaludCoop?

Este proceso se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en los estatutos de cada asociación de usuarios.

5. Radiqué una PQRS en SaludCoop EPS y no me la han contestado aún. ¿Quién me la va a contestar?

SaludCoop EPS es la entidad encargada de darte respuesta a la PQRS.

6. ¿Las oficinas de atención al usuario van a ser las mismas o van a tener otras?

Las oficinas de atención usuario seguirán siendo las mismas

 Puntos de Contacto

1. ¿Qué medios de comunicación se van a tener dispuestos para atender las dudas e inquietudes de los usuarios?

Los usuarios podrán consultar cualquier información relacionada con la asignación a Cafesalud EPS en:

•    Página web: www.saludcoop.coop

•    Call center: Línea nacional 01 8000120096

•    En Bogotá: 651 1000

•    Oficinas de atención al usuario

Empleadores

Gestión de operaciones

1. Tengo una portabilidad ya aprobada por SaludCoop, ¿debo solicitarla nuevamente para Cafesalud?

No, las portabilidades vigentes se mantendrán en Cafesalud EPS, de acuerdo con tu solicitud inicial.

2. Radiqué una novedad en SaludCoop EPS, ¿debo volver a radicarla en Cafesalud EPS?

No, las novedades recibidas por SaludCoop EPS, hasta el 30 de noviembre de 2015, se reflejaran en Cafesalud EPS y no deben radicar nada adicional.

3. ¿El portal empresarial de SaludCoop seguirá activo para los temas pendientes y por cuánto tiempo?

Sí, queda activo. A través del portal empresarial usted como empleador podrá seguir tramitando los temas que tenga pendientes con SaludCoop EPS, tales como: prestaciones económicas, devolución de aportes, cartera y certificados de afiliación.

A través de este portal no podrá tramitar afiliaciones y novedades ni respuesta de solicitudes de movilidad. Este portal quedará activo por el tiempo que dure la intervención para liquidar.

4. Estoy en mora con SaludCoop EPS, ¿debo pagar la deuda a Cafesalud EPS?

No, la deuda sigue vigente con SaludCoop y tú deberás realizar los pagos a dicha entidad. En Cafesalud EPS, recuerda realizar los pagos oportunamente con base en la fecha establecida para el último dígito del NIT o cédula y de esta forma evitas incurrir en mora y por ende suspensión del servicio.

5. Solicité a SaludCoop EPS la devolución de pagos de aportes, ¿qué pasará con esa solicitud?

Los pagos que se encuentran en proceso de devolución por parte de SaludCoop EPS, se siguen tramitando de acuerdo a la normatividad vigente por el área financiera en esa EPS (decreto 4023). Para cualquier información adicional comunícate con la línea de tesorería para SaludCoop EPS 6062913.

6. Estoy afiliado a otra EPS y los pagos se han cargado a SaludCoop EPS, ¿a quién le solicito la devolución de aportes?

SaludCoop EPS es la entidad encargada de realizar la transferencia de estos pagos a la EPS en la que te encuentras afiliado.

7. Soy aportante y no alcancé a tramitar las incapacidades y licencias con SaludCoop EPS, ¿cuál será el trámite que debo realizar para que me sean reconocidas?

El pago de las incapacidades y licencias previas al 30 de noviembre de 2015 son responsabilidad de la EPS SaludCoop.

8. Necesito tramitar el cambio de origen de unas incapacidades, ¿a quién debo solicitarlo?

Debes solicitar el cambio de origen a la EPS que emitió la incapacidad.

9. Necesito un histórico de incapacidades para un trámite de pensión en la empresa, ¿a cuál EPS debo realizarle la solicitud?

Si el usuario ha tenido incapacidades por SaludCoop EPS y por Cafesalud EPS, la solicitud de histórico se debe realizar de forma independiente para cada EPS.

10. ¿Qué pasará en el caso de las incapacidades generadas por SaludCoop antes de la fecha de la asignación de usuarios, que se deban transcribir con posterioridad a dicha cesión?

La incapacidad o licencia estará a cargo de la EPS en la que el usuario reportaba afiliación al inicio de la prestación económica. En este caso deberá radicarse para SaludCoop.

11. ¿Si yo tengo incapacidades con prórrogas en SaludCoop, éstos acumulados se tendrán en cuenta en Cafesalud?

Sí, se tendrán en cuenta.

12. ¿Qué se hace con las incapacidades que se pagaron mal en SaludCoop? ¿A quién le corresponde por la corrección?

Se debe solicitar la corrección o reliquidación en SaludCoop.

13. Hice pagos anticipados a SaludCoop, ¿qué va a pasar con esos aportes?

Estos aportes serán trasladados a Cafesalud, mediante el proceso de transferencia.

14. ¿Va a dejar de existir SaludCoop en los operadores de recaudo PILA para que los pagos no se direccionen erradamente?

No, el operador PILA seguirá recibiendo pagos de periodos en mora de SaludCoop y no para pagos de periodos futuros ya que estos deben realizarse en Cafesalud EPS.

15. ¿Qué pasa con los traslados en curso de otras EPS a SaludCoop, que se quedaron en trámite en el momento de la asignación de usuarios?

Los traslados de otras EPS que estén pendientes de respuesta al momento de la asignación de usuarios serán cerrados con negación.

En el caso de los traslados de otra EPS ya aprobados a SaludCoop, iniciaran servicios plenos en Cafesalud EPS al momento de la asignación.

*La Opinión

Temas del Día