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Mujeres podrán ejercer labores de pelotón si quieren

La Corte Constitucional tumbó las restricciones a las féminas para prestar servicio militar.

La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó la disposición que delimitaba el servicio militar de las mujeres a prestar el servicio militar voluntario sólo en labores administrativas, logísticas, sociales, culturales o relacionadas con el medio ambiente.

La Corte tumbó un parágrafo del artículo 10 de la Ley 48 de 1993 y señaló que las mujeres pueden prestar el servicio militar en cualquier área, incluso en labores de pelotón si así lo desean.

La Corte consideró que delimitar los servicios que puede prestar voluntariamente la mujer va en contravía del derecho a la igualdad.

La norma fue demandada por Ómar Ariza Rangel y Ómar Prada O'meara, quienes consideraron que la limitación  constituye "una discriminación y trato desigual contra la mujer basándose para ello en su condición como mujer".

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Colprensa
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Miércoles, 30 de Noviembre de 2016
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