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Colombia
Policías del nivel ejecutivo podrán pensionarse a los 20 años
El tiempo máximo era de 25 años, pero el Consejo de Estado modificó la norma.
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Colprensa
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Martes, 11 de Septiembre de 2018

El Consejo de Estado anuló el artículo 2 del Decreto 1858 de 2012, que fijaba en 25 años el tiempo máximo de servicio de los policías del nivel ejecutivo.

Con esta decisión quedan en firme los decretos 1211, 1212 y 1213 de 1990, que estipulan que los uniformados podrán pedir su pensión entre los 15 y 20 años de servicio.  

Según el fallo del alto tribunal, esta decisión cobijará a los comisarios, subcomisarios, intendentes, subintendentes, patrulleros, carabineros e investigadores que ingresaron a la institución antes del 31 de diciembre de 2004.  

“Como corolario de lo expuesto la Sala encuentra que con la incorporación al ordenamiento jurídico del artículo 2 del Decreto 1858 de 2012, el Gobierno Nacional desconoció los términos temporales previstos en el artículo 3.1 inciso 2 de la Ley 923 de 2004, para acceder al derecho de asignación de retiro de los integrantes del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional incorporados directamente y en servicio activo al 31 de diciembre de 2004”, explicó el magistrado ponente, César Palomino.  

Para el consejero, el Gobierno y el Ministerio de Defensa se excedieron a la hora de reglamentar la edad de retiro de estos uniformados, por lo que acogió los argumentos de los demandantes para anular el artículo 2. 

“Tal exceso en el ejercicio de la potestad reglamentaria ampliada por parte del Gobierno Nacional ocurrió cuando quiera que so pretexto de fijar el régimen de asignación de retiro para el personal que ingresó al Nivel Ejecutivo de la Policía... que plasmó en la disposición demandada, osó en modificar el contenido de la Ley Marco, pasando por alto el hecho reiteradamente normado que las disposiciones reglamentarias deben estar subordinadas a la respectiva ley y tener como finalidad exclusiva la cabal ejecución de ella”, dice en el fallo. 

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