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Colombia
Preguntas y respuestas para entender la justicia transicional
Habrán 20 magistrados colombianos y  4 extranjeros para el Tribunal para la Paz.
Viernes, 12 de Agosto de 2016

El Gobierno y las Farc revelaron este viernes el mecanismo de como se escogerán los magistrados del tribunal de justicia transicional. Estas las principales preguntas y respuestas.

1. ¿Quiénes postularán a los integrantes del comité de escogencia que elegirá a los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y al Director de la Unidad de Investigación y Acusación?

El Gobierno Nacional y las Farc hemos acordado proponer a las siguientes instituciones y personas, que cada una de ellas, si decidieran aceptar esta solicitud, escojan una persona para conformar el mecanismo de selección de magistrados de la JEP

- Su Santidad el Papa Francisco.

- El Secretario General de las Naciones Unidas.

- La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.

- La delegación en Colombia del Centro Internacional de Justicia Transicional (ICTJ), organización internacional sin ánimo de lucro que trabaja en países en transición contribuyendo a hacer frente al legado de violaciones y a construir confianza en las instituciones.

- La Comisión Permanente del Sistema Universitario del Estado, que reúne a los rectores de las universidades estatales u oficiales del país.

2. ¿Cómo elegirá este comité de escogencia a los magistrados?

Los integrantes del comité seleccionarán a los magistrados por mayoría de 4/5, con un sistema de votación que promueva el consenso.

3. ¿Cómo se garantiza que el proceso de selección será autónomo, independiente y transparente?

En primer lugar, por la calidad de las instituciones que las escogerán. En todos los casos se trata de las personas y organizaciones que más confianza le pueden dar a los colombianos.

En segundo lugar, por la transparencia en el proceso. El acuerdo señala que el proceso contará con la debida publicidad y garantías de transparencia de manera que facilite el seguimiento y veeduría por parte de  la sociedad.

Y en tercer lugar, porque el comité deberá tener en cuenta los estándares internacionales de independencia judicial y las altas calidades morales de los candidatos.

4. ¿Qué criterios debe cumplir una persona para ser elegida magistrada de la JEP?

En el acuerdo sobre el punto 5 “Víctimas”, fueron acordados los siguientes criterios para la selección de los magistrados del tribunal y de las salas.

Todos los magistrados deben ser abogados y deberán estar altamente calificados y deberán incluirse expertos en distintas ramas del derecho, con énfasis en conocimiento del DIH, Derechos Humanos o resolución de conflictos.

Para ser elegido magistrado del Tribunal para la Paz deberán reunirse los mismos requisitos que para ser magistrado de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia o del Consejo de Estado de Colombia, salvo la nacionalidad colombiana para el caso de los extranjeros.

Para ser elegido magistrado de sala deberán reunirse los mismos requisitos que para ser magistrado de Tribunal Superior de distrito judicial. En ningún caso se aplicará un sistema de carrera.

Finalmente, se deben haber desempeñado, durante 15 años (para los magistrados del Tribunal) u 8 años (para los magistrados de las salas), cargos en la Rama Judicial o en el Ministerio Público, o haber ejercido, con buen crédito, por el mismo tiempo, la profesión de abogado o la cátedra universitaria en disciplinas jurídicas en establecimientos reconocidos oficialmente.

5. ¿Cuáles cargos de la Jurisdicción Especial para la Paz elegirá ese comité de escogencia?

El comité de escogencia deberá elegir siguiendo los criterios establecidos en la JEP:

- 20 magistrados colombianos y  4 extranjeros para el Tribunal para la Paz.

- 18 magistrados con nacionalidad colombiana y 6 magistrados extranjeros para las 3 Salas de Justicia.

- Una lista adicional de 19 nacionales y 5 extranjeros para el Tribunal para la Paz y las Salas de Justicia en caso de que se requiera aumentar el número de magistrados o sustituir a alguno de sus miembros.

- El Presidente o Presidenta.

- El director o directora de la Unidad de Investigación y Acusación que tendrá plena autonomía para seleccionar a los profesionales que harán parte de la misma.

6. ¿Cuándo se hará el proceso de escogencia?

Los procesos de escogencia deberán concluir lo más pronto posible después de la entrada en vigor del Acuerdo Final.

Bogotá | Colprensa

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