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Colombia
Priorizan conducta de los menores antes que la cárcel
Se verá si aquellos que cometan delitos graves puedan ser condenados.
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Colprensa
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Sábado, 23 de Junio de 2018

La Corte Suprema de Justicia le ordenó a los jueces analizar el contexto y la buena conducta que presenten los menores de edad a la hora de que se vean incursos en delitos graves para determinar si deben ser condenados a cárcel, o se les debe aplicar otro tipo de sanción. 

Así lo determinó la corporación al estudiar el caso de un joven quien violó, en cinco oportunidades, a una menor de 13 años, en el 2012. Los hechos se presentaron en la vivienda donde el acusado vivía en arriendo con su padre.

El adolescente fue denunciado, pero el juez de control de garantías, a pesar de que legalizó la captura, decidió otorgarle la libertad condicional mientras avanzaba el proceso judicial. 

Pasó el tiempo y en el 2016 el procesado fue condenado por el Juzgado Séptimo Penal del Circuito Especializado de Bogotá a cuatro años de cárcel por el acceso carnal violento agravado. 

La decisión fue apelada en la Sala Mixta de Asuntos para Adolescentes del Tribunal Superior, la cual revocó la medida y lo dejó en libertad tras firmar un compromiso de buena conducta. 

La Corte Suprema validó la consideración del Tribunal debido a que consideró que no era prudente condenar con cárcel a un joven, quien ahora tiene 22 años, por una conducta que cometió cuando tenía 16, más cuando el juez del caso no había considerado internar en correccional al joven desde cuando era menor. 

Además, se demostró el joven ya no representaba un peligro para la sociedad, que llevaba una vida tranquila, que tenía una relación de pareja con una menor de 17 años en la que ha imperado el respeto y hace esfuerzos para conseguir un trabajo estable. 

Para el alto tribunal “es inconveniente llevar a la cárcel a una persona que se ha regenerado, cuando su estadía en prisión lo expone a un ambiente que pone en riesgo su resocialización una vez recobre la libertad”.

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