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Registro civil de defunción se podrá obtener en línea

Crearán el mecanismo automatizado para que los ciudadanos puedan obtener dicho documento en línea.

El presidente de la República, Iván Duque Márquez, firmó el decreto Ley Antitrámites, por medio del cual los ciudadanos ahora podrán obtener en línea el Registro Civil de Defunción.

La administración de la base de datos del Registro Civil de Defunción ahora la asumirá la Registraduría Nacional del Estado Civil, que junto con el Ministerio de Salud y Protección Social crearán el mecanismo automatizado para que los ciudadanos puedan obtener dicho documento en línea.

De esta forma, las entidades que requieran verificar la defunción de una persona podrán consultar en línea las bases de datos de identificación y registro civil de la Registraduría Nacional del Estado Civil, que reglamentará este procedimiento.

El director de la Función Pública, Fernando Grillo, manifestó que el principal logro que trae el decreto “es que la transformación digital del Estado es el camino para llegar a las nuevas generaciones de colombianos que quieren una respuesta más ágil a sus solicitudes y con la facilidad que ofrecen las nuevas tecnologías”.

En caso de que no existan medios tecnológicos, el artículo 21 del Decreto Ley señala que “las funerarias y parques cementerios solo podrán inhumar o cremar personas fallecidas cuando se acompañe el certificado médico de defunción en físico, el dictamen del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, o la orden de la autoridad competente”.

Además, la Registraduría Nacional del Estado Civil, en conjunto con el Ministerio de Salud y Protección Social y el Departamento Nacional de Estadística –DANE-, definirán el formato único que deberán diligenciar los médicos, el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses y las autoridades competentes cuando certifiquen la muerte de una persona.

Otros trámites

En los próximos seis meses, el Gobierno estandarizará los plazos, procedimientos, requisitos y formularios que actualmente se exigen para adelantar los trámites relacionados con el reconocimiento de pensiones del Sistema General de Seguridad Social; así como para el reconocimiento y pago de cesantías totales y parciales.

Los contratistas de prestación de servicios del Estado reciben también una buena noticia, ya que no se les exigirá la presentación en físico de la planilla del pago de aportes al Sistema General de Seguridad Social. Las entidades deberán verificar mediante la herramienta tecnológica que ponga a disposición el Ministerio de Salud y Protección Social.

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Colprensa
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Viernes, 27 de Diciembre de 2019
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