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Colombia
Supersalud aumenta vigilancia para garantizar flujo de recursos
El incumplimiento de las instrucciones emitidas dará lugar a las investigaciones sancionatorias correspondientes.
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Colprensa
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Sábado, 4 de Julio de 2020

La Superintendencia Nacional de Salud, mediante la circular externa 014, estableció una serie de instrucciones para vigilar que las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) y las Instituciones Prestadoras de Salud (IPS) garanticen el flujo de los recursos.

También busca que cumplan los compromisos de pago, dando prioridad al personal de la salud y refuercen los mecanismos de control que garanticen el uso de los recursos del sistema de salud colombiano.

La circular fija condiciones para que a más tardar el próximo 20 de julio los diferentes grupos de instituciones prestadoras de servicios de salud, así como las de transporte especial de pacientes, reporten la información contable y facturación radicada en los últimos meses.

La Superintendencia enfatiza en la importancia de que todos los vigilados tengan los soportes de cada uno de los pagos efectuados y de los controles aplicados a los procesos y procedimientos, para evitar los riesgos relacionados con el flujo de recursos.

Para ello, instruye a las EPS, entidades obligadas a compensar e instituciones prestadoras de servicios de salud para que fortalezcan los sistemas de gestión de riesgos, implementen controles y ajusten los códigos de conducta y buen gobierno, con el fin de no incurrir en acciones que afecten la operación del sistema.

Así mismo, hace énfasis en que las IPS beneficiadas con las operaciones de compra de cartera deben priorizar el pago de las obligaciones laborales y de honorarios con el personal de salud vinculados a ellas.

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En relación con las EPS y entidades adaptadas al sistema, las mismas deben garantizar el flujo de los recursos y el cumplimiento de los compromisos adquiridos con sus IPS y proveedores para la atención de sus afiliados.

Al respecto, les advierte, por ejemplo, que no pueden incurrir en acciones como negar la radicación de facturas a los prestadores de servicios de salud, por atención de urgencias o adicionales requeridos para la atención de los pacientes.

La circular advierte, finalmente, que el incumplimiento de las instrucciones emitidas dará lugar a las investigaciones sancionatorias correspondientes.

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