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Tener relaciones sexuales en un aula no es motivo de expulsión: Corte Constitucional

La orden para la institución fue reiniciar el proceso disciplinario.

Luego del revuelo que causó el martes la sentencia de la Corte Constitucional que reversó la expulsión de dos estudiantes de una escuela militar, quienes fueron encontrados teniendo relaciones sexuales en un aula de clase, el tribunal se pronunció, nuevamente, al respecto.

En su cuenta de Twitter, la Corte aseguró que esta decisión, que corresponde a la Sentencia T-364 de 2018, “sólo estudió un caso particular de desconocimiento al debido proceso en sanción disciplinaria adelantada a dos jóvenes estudiantes de un colegio”. 

Para el tribunal, “el colegio no aplicó debidamente los criterios que había establecido en su propio manual de convivencia para imponer una sanción ante una falta gravísima”.

Con esto, el tribunal responde a las críticas que generó su sentencia, que responde a una tutela interpuesta a favor de los estudiantes, quienes fueron grabados por un vigilante de la institución mientras tenía relaciones sexuales. Este video fue presentado por el centinela a las directivas de la institución, quienes consideraron que su “falta disciplinaria gravísima” era causante de expulsión.

En este caso particular, el fallo consideró que la escuela militar vulneró los derechos de los estudiantes al debido proceso y la intimidad.

La Corte Constitucional decretó que “el modelo de sanciones debe configurarse gradualmente según la gravedad de la falta, a fin de conservar los principios de proporcionalidad y razonabilidad”.

Por este hecho, la Corte ordenó a la escuela militar reintegrar a los estudiantes a la institución y reiniciar su proceso disciplinario.

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Colprensa
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Miércoles, 12 de Septiembre de 2018
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