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Alivios para los deudores de las entidades financieras
Estos alivios, se aplicarán a toda clase de créditos (hipotecarios, de tarjetas de crédito, de consumo, libre inversión etc.)
Jueves, 27 de Agosto de 2020

Ante la compleja situación de miles de deudores del sector financiero en Colombia (Bancos, Compañías, Corporaciones y Cooperativas financieras) por cuenta de la pandemia del Covid-19 que nos azota, la Superintendencia Financiera ordenó que a partir del 1 de agosto del presente año, se implementara un programa de acompañamiento a deudores (PAD) que tengan afectados sus ingresos y por lo tanto su capacidad de pago para brindarles una serie de alivios tendientes a facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones. 

Estos alivios, se aplicarán a toda clase de créditos (hipotecarios, de tarjetas de crédito, de consumo, libre inversión etc.) a cargo de personas naturales y jurídicas quienes serán contactados por las entidades crediticias para presentarles las nuevas condiciones (alivios) para su aceptación o rechazo. Y aquellos que no sean contactados podrán acercarse a la entidad que corresponda para ejercer ese derecho. 

Dentro de la lista de los alivios está la disminución de la cuota por ampliación del plazo sin aumento de la tasa de interés, periodos de gracia y prórrogas sin cobro de intereses sobre intereses, ni intereses a las de cuotas de manejo, comisiones y seguros. 

Esto fue lo que determinó el gobierno nacional a través de la Superintendencia Financiera, pero otra es la realidad, por lo menos en lo que respecta a mi experiencia personal, pues cuando fui a la entidad bancaria con la que tengo crédito (que no la menciono pero cuyos funcionarios al leer está columna sabrán de quién estoy hablando) en la que tengo dos créditos hipotecarios sobre un mismo bien, y al solicitarle al empleado encargado del “acompañamiento” que me hicieran efectivos los alivios anunciados por la Superintendencia, recibí como respuesta una negativa absoluta bajo el argumento de que mis créditos tenían las condiciones más favorables del mercado y por lo tanto no era posible una modificación de los mismos.

Convencido de que lo que me sucedió a mi muy seguramente le está sucediendo a otros muchos deudores que están solicitando el “acompañamiento” en las distintas entidades financieras, les sugiero que soliciten la intervención del Defensor del Consumidor Financiero, con el fin de que hagan respetar sus derechos y se evite que unos  funcionarios de esas entidades, vaya uno a saber si ´motu propio´ o debida y exprofesamente instruidos en ese sentido y para ese efecto, terminen haciendo nugatorias las disposiciones que sobre el particular expidió el gobierno nacional. 

Además, cuánto convendría que el gobierno, como corresponde, sancionara a las entidades que no acaten sus disposiciones no obstante ser ellas sus consentidas.  

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