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Arquitectura de la fuerza pública
La arquitectura policial de Colombia tienen una historia, costosa y sufrida que justifica su actual diseño.
Miércoles, 16 de Septiembre de 2020

Hubo un editorial de estos días, que nos retrató de cuerpo entero. Somos una Nación en donde las discusiones de fondo las volvemos controversias menores e insustanciales. Los errores de los siete policiales del CAI  de Villaluz en la ciudad de Bogotá y los temas de alta política se congelan por la politiquería y los personalismos, dejando las grandes discusiones estructurales fermentando la anarquía y la barbarie.

Cada Estado, le decimos a los estudiantes de Teoría del Estado, construye su seguridad según su propia idiosincrasia, con sus valores y sus miserias, sus costumbres y sus reacciones cotidianas, la espontaneidad, sus formas y recursos no codificados, sus prestigios y desprestigios, con todo y sin refinamientos.  De ese “summum” surge la prevención y la represión del mal, las normas de comportamiento y su Instrumento Policivo. Cada grupo social es especial y diferente. 

Luego de la desintegración de nuestra primera experiencia republicana, ya va a hacer 200 años, los colombianos comenzamos a fabricar nuestro concepto de Nación, a base de violencias. Una tras otra hasta  1886, guerreando por Constituciones, por curas y por laicos, por poder liberal o por poder conservador, por golpistas y civilistas de oportunidad, sin oportunidad de pensar en seguridad ciudadana y policía. Solo en 1888 manoseamos el concepto de la gendarmería, a iniciativa de Carlos Holguín,  para contener los reyezuelos de los pueblos y de los Departamentos, que eran los gamonales de cada territorio de terror. Así llego Juan María Marcelino Gilibert  y en 1891 nació la Policía Nacional a la que el General Reyes le agrego una función judicial de investigación de delitos y otras hierbas y luego el Presidente Concha le agregó la formación de detectives y dactiloscopistas.  

Para 1945 llego una reforma a la Constitución de 1886 por medio del Acto Legislativo número 1 y  se comenzó a proyectar esta arquitectura moderna de la Policía Nacional que en el Artículo 167 le dijo: “La Ley podrá Establecer una milicia nacional y organizará el cuerpo de policía nacional”. Y La Constitución militarizó la policía nacional en el Artículo 168, porque en el inciso segundo reafirmó: “Los miembros del Ejército, de la Policía Nacional y de los cuerpos armados de carácter permanente, no podrán ejercer la función del sufragio mientras permanezcan en servicio activo, ni intervenir en debates políticos”.  

Pese a lo anterior, no se logró despolitizar del todo a la Policía, pues el 9 de abril de 1948, “en el Bogotazo”, parcialmente  se sumó a la revuelta y hubo que replantearla y liquidar de raíz las arbitrariedades que aún mantenían los alcaldes y los gobernadores y buscar la paz con el pacto del Frente Nacional.  

Como se ve la Arquitectura policial de Colombia tienen una Historia, costosa y sufrida que justifica su actual diseño, en el Artículo 218 de la Constitución.   Que debe tener algunas rectificaciones de mando y más pedagógicas que constitucionales, sin caer en la torpeza infinita sacarla del capítulo 7° llamado “De la Fuerza Pública”. ¡Es la historia!

¿Imaginan ustedes, el regreso a la anarquía  comandada por los 32 gobernadores y los mil cuatrocientos dos alcaldes de Colombia, celosos, incultos y atrabiliarios, invadiéndose unos con otros con sus policías, con medidas contradictorias entre un municipio y otro, con armas y sin jerarquías?   Dios nos guarde y nos proteja. 

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