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Cadena de injusticias

Es necesario que las autoridades se pongan de acuerdo y más que eso, instruyan a sus subalternos respecto a los documentos que deben exigir, de lo contrario estaremos frente una verdadera cadena de injusticias. 

Se cumplió el plazo para el registro de vehículos con matrícula extranjera que circulan dentro de las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo, estipulado en el artículo 121 de la Ley 1955 de 2019, que trata lo relacionado al Plan de Desarrollo del actual gobierno.

Al respecto, circulan por las redes conceptos de diferentes personas que alegan la ilegalidad de la norma que permite a la Dian, realizar el decomiso del automotor por incumplimiento.

También, está la interpretación que algunos funcionarios han fijado frente a los medios de comunicación, lo que a su modo de pensar, es el alcance del denominado registro y por último, el caos que se viene para los propietarios de vehículos que luego de hacer largas colas, su automotor fue rechazado en los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA), y no alcanzaron a finalizar el trámite.

En primer lugar, dedo hacer mención a la norma, la cual establece: “…deberán proceder al registro de dichos bienes ante los municipios de la UEDF o ante las autoridades locales que estos deleguen, dentro de los tres (3) meses siguientes al vencimiento del plazo de que trata el siguiente inciso, con el fin de poder circular de manera legal dentro de la jurisdicción de ese departamento.”

Es muy claro que en ningún momento, reza la ley que se trata de una “Tarjeta de Registro”, sino de un registro, el cual finaliza cuando la dependencia respectiva informa al ciudadano la aprobación del trámite. Es decir, el lleno de los requisitos exigidos en la ley. 

Lo que no comparto, es la lánguida interpretación de lo exigido, toda vez que la precipitada norma, no hace mención a “tarjeta” alguna, sino a su registro y ese paso se cumple cuando la autoridad respectiva, responde la solicitud del respectivo usuario, su aceptación.  

A partir de ese momento, viene la cascada de presuntas irregularidades, toda vez que el no pagar el impuesto, no es un delito sino una situación de morosidad, en la cual incurre quien no paga los tributos establecidos para tal fin y por lo tanto, es objeto de un proceso de cobro coactivo.

Algo que debe preocupar a todos los ciudadanos propietarios de estos vehículos (automóviles, camionetas y motocicletas) es la actitud que asumirán no solo los responsables de la parte operativa de tránsito, sino la gran mayoría de uniformados que con amparado en el cumplimiento de la ley, montarán los fastidiosos operativos de dos personas, desaprobados hasta por los oficiales de mayor rango en nuestra ciudad.

No creo que estas letras causen indignación a nuestra querida institución, que con cortina de humo en mano, ha manifestado que el llamado deshuese de vehículos para su venta por partes ha aumentado, aunque las cifras que demuestren la noticia, es probable que la tengan en reserva. 

Es necesario que las autoridades se pongan de acuerdo y más que eso, instruyan a sus subalternos respecto a los documentos que deben exigir, de lo contrario estaremos frente una verdadera cadena de injusticias.

Sábado, 12 de Octubre de 2019
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