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De las objeciones

Si hilamos delgado llegamos a la conclusión que el Gobierno gana con cara o sello.

Todo está dicho sobre las objeciones por inconveniencia que el Ejecutivo nacional ha presentado al Congreso sobre la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz, es cierto, pero hay que recalcar en que es un componente de la campaña presidencial de 2018, que consistía precisamente en que el candidato Iván Duque Márquez como presidente de la República propondría al Congreso una serie de ajustes y precisiones, que no reformas de fondo, a la citada ley, y la oportunidad ha llegado con la facultad que siempre ha tenido el primer Magistrado de la Nación. 

Los candidatos a las alcaldías y gobernaciones tienen la obligación constitucional de radicar su programa de gobierno al inscribirse en el organismo respectivo, y los gobernados tienen el derecho de exigirle su cumplimiento, es decir al elegido se le exige coherencia con sus propuestas de candidato; el presidente de la República no tiene esa obligación, pero aun así el electorado le exige que sea consecuente con lo que prometió, y eso es lo que ha hecho el presidente Duque.  

El candidato Duque decía en campaña que los Acuerdos de La Habana no serían hechos trizas ni podrían ser una burla al pueblo colombiano, y lo ha cumplido a cabalidad, porque las objeciones por inconveniencia no es ningún “torpedo”, es una solicitud respetuosa de aclaración de preceptos. Es el caso, por ejemplo, del art. 7 de la ley estatutaria parcialmente objetada, que, según el gobierno, se objeta por inconveniente porque no establece de manera clara la obligación principal de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas.

Si hilamos delgado llegamos a la conclusión que el Gobierno gana con cara o sello: si se aceptan las objeciones por los respectivos entes comprometidos, pues es ganancia para el gobierno; y si las rechazan y las víctimas le reclaman al gobierno, pues éste puede sacudirse enviándolos donde los autores del fracaso, los partidos y movimientos políticos que votaron en contra. 

Da la impresión de que en el fondo esto es un pulso entre la administración anterior, que aún tiene en el hemiciclo parlamentario alfiles fieles y con capacidad de maniobra, y la administración en ejercicio, que busca que las víctimas, mayoritariamente congregadas en la Corporación Rosa Blanca, sepan la verdad de lo sucedido y sean reparadas.

No olvidemos que en la página oficial de la JEP se lee que “La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) es el componente de justicia del Sistema Integral de Verdad, Justicia, REPARACIÓN y no Repetición,…”. 

De manera que como están las cosas no se paraliza la JEP  -porque su presidenta ya dijo que no-, tampoco “se está lesionando gravemente el acuerdo de paz” ni se va a modificar el “Tribunal de paz de Colombia”, etc., porque es imposible jurídicamente e inconveniente políticamente.  

 

Lunes, 18 de Marzo de 2019
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