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Evítese problemas

Es muy importante no dejarse tentar por los profesionales...

Debido a la baja que ha tenido la moneda de nuestro país hermano, son muchos los vehículos de diferente gama, que han ingresado a nuestra ciudad y lo más seguro es que los documentos definitivos para el nuevo propietario se encuentren en un limbo legal.

El hecho de que posean matrícula venezolana, no los exime de portar los documentos que exige la normatividad colombiana, iniciando por el Seguro Obligatorio de Accidentes, seguido del Certificado Técnico Mecánico y de emisiones contaminantes en concordancia con el artículo 202 del Decreto Ley 019 de 2012 que establece: “Primera revisión de los vehículos automotores. Los vehículos nuevos de servicio particular diferentes de motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico - mecánica y de emisiones contaminantes a partir del sexto (6°) año contado a partir de la fecha de su matrícula. Los vehículos nuevos de servicio público, así como motocicletas y similares, se someterán a la primera revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos (2) años contados a partir de su fecha de matrícula.

Lo anteriormente transcrito aplica únicamente a los vehículos de matrícula colombiana. Con respecto a aquellos de matrícula venezolana que estaban antes del 19 de agosto de 2015 a la fecha, deberán realizar la revisión anualmente sea cual fuere el modelo del vehículo, por cuanto el parágrafo aplica en otras condiciones y no en las actuales. En caso de que sea sorprendido por la autoridad de tránsito sin dicho requisito, la multa es de $368.865 y además aplica la inmovilización del automotor.

De igual manera, deberán portar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, por cuanto su inobservancia acarrea una multa de $738.000 e inmovilización del vehículo. Dicho documento está disponible en formato digital para ser portado en el celular u otro dispositivo electrónico desde el pasado 6 de octubre, en concordancia con la Resolución 4170 de 2016 del Ministerio de Transporte. El nuevo SOAT solo aplica para vehículos de matrícula colombiana. Para los de matrícula extranjera, seguirá vigente la versión conocida en papel de seguridad con holograma.

Es muy importante no dejarse tentar por los profesionales de la falsificación de documentos, puesto que, en caso de accidente, las clínicas de todo el país estarán en línea con la plataforma del SOAT, las cuales detectarán de manera inmediata la irregularidad, que de ser comprobada, el conductor podrá ser objeto de un proceso penal, derivado del uso de documentos falsos y además, los gastos que se le ocasionen a la víctima, serán cargados a su cuenta.

Por otra parte, si vende el vehículo y es de matrícula colombiana, proceda a realizar el traspaso de inmediato puesto que, si lo deja para más tarde, puede encontrarse con varias infracciones detectadas con fotomultas, que muy difícilmente podría quitarse de encima y si el nuevo propietario decide realizar actividades al margen de la ley, es muy probable que se vea involucrado en una incómoda y costosa situación de carácter penal, así que tome en cuenta estos consejos y evítese problemas.

Sábado, 7 de Octubre de 2017
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