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¿Institucionalidad en vilo?

Todo lo anterior no puede ser motivo para echar al traste.

El caso del expresidente Uribe en la Corte Suprema de Justicia ha llevado a paroxismos extremos que muestran la triste polarización que vive el país desde hace muchos años. El presidente Duque no ha querido entender esa realidad desde que fue elegido presidente en el año 2018. De trabajar para disminuir esa polarización, construir acuerdos políticos fundamentales, más aún como jefe de Estado que representa la unidad de la Nación.

Sin embargo, todo lo anterior no puede ser motivo para echar al traste con la institucionalidad de Colombia. Si bien como ser humano es entendible que muchos sientan solidaridad y tristeza por la situación jurídica actual que vive el expresidente Uribe con la medida de aseguramiento con detención domiciliaria dictada por la Corte Suprema, debe entenderse que todos somos ciudadanos iguales sometidos al imperio de la Constitución. 

Ello significa que para un Estado social de Derecho como lo es Colombia la primera condición de convivencia de las personas sin importar los cargos que ostenten o hayan ostentado, las posiciones económicas y sociales que tengan, es que deben acatar las normas jurídicas vigentes. Para el caso del senador Uribe, como congresista goza del fuero especial que establece la Constitución actual de ser investigado y juzgado por la máxima instancia de la jurisdicción ordinaria como es la Corte Suprema de Justicia.

Este procedimiento contempla todas las garantías constitucionales y legales vigentes como son: una Sala Especial de Instrucción de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia para investigar y acusar ante la Sala Especial de Primera Instancia de la misma Sala Penal a cualquier miembro del Congreso por posibles delitos cometidos. Además, contra las sentencias que profiera la Sala Especial de Primera Instancia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia procede el recurso de apelación. Su conocimiento corresponde a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia (Acto legislativo 01 de 2018).

Entonces como se puede observar el mencionado procedimiento cumple a cabalidad los estándares constitucionales e internacionales de Derechos Humanos para que cualquier aforado congresista pueda ejercer su defensa de manera segura, y pueda controvertir cualquier providencia judicial en Derecho.

Empero, el tema se ha venido distorsionando y está generando un resquebrajamiento de la institucionalidad de nuestras altas Cortes. Estos tribunales representan la espina dorsal de nuestra democracia. No se puede caer en la estigmatización de nuestros jueces cuando quiera que se juzguen a grandes dignatarios que como cualquier ciudadano gozan de la plenitud de garantías constitucionales.

Peor aún, el ambiente político se polarizará mucho más con este caso Uribe por lo que comienzan a surgir voces que piden constituyentes para establecer Cortes únicas. Si bien las constituyentes pueden ser un instrumento útil de actualización constitucional y de convivencia por los cambios progresivos que viven las sociedades con el paso del tiempo, no es el momento de romper la institucionalidad para favorecer los intereses de ciertos sectores políticos.

Por lo anterior es importante recordar que el proceso ante la Corte que tiene al expresidente Uribe con detención domiciliaria surgió por una denuncia que este presentó contra el senador Iván Cepeda. No tiene nada que ver con el conflicto armado, y menos aún es un delito político por las opiniones o ideas que profesa el senador Álvaro Uribe.

La invitación debe ser a construir un debate democrático sereno y sincero. A creer en la institucionalidad y en nuestra Constitución. A no relacionar el Acuerdo de paz con las Farc con la situación jurídica actual del expresidente Uribe. Colombia debe tener la madurez democrática para respetar, acatar y controvertir los fallos judiciales en Derecho.

Miércoles, 12 de Agosto de 2020
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