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La justicia ¿Un anacronismo?
Las Acciones Populares contienen la agilidad, entonces uno no entiende por qué la acción de la Escombrera en Cúcuta demoró en la primera instancia 8 años.
Miércoles, 16 de Enero de 2019

“La ley debe ser el instrumento para que el cordero y el lobo, fuera de toda moral, vivan en     paz y asuman un proyecto común”. Juan Calvino. 

Las Acciones Populares, pese a que los gobiernos de los últimos 16 años de Uribe  y Santos,  las “podaron” a charapo sucio, para evitar desmontar la corrupción; siguen siendo una de las medidas imprescindibles para acabarla o reducirla. 

Las 366 páginas de la Sentencia del Magistrado Luis Manuel Lasso del Tribunal de Cundinamarca, que condenó a la concesionaria Ruta del Sol integrada por Odebrecht, Episol filial de Corficolombiana y CSS es una buena muestra  cuando la Justicia quiere ser ágil y hay resultados. No importa que tenga contradicciones, que la segunda Instancia rectificará ante los recursos de alzada.

La segunda instancia es una de las razones esenciales de la Democracia y del Estado social de Derecho, además, parte esencial del Derecho fundamental del debido proceso. Sin garantía de las instancias no hay cosa juzgada.

Paradójicamente, esa agilidad de la justicia,  demostró también muchas fallas de la misma. Sí, las contradicciones.  Se notan las discriminaciones según los actores, las mañas en la dilatación o el encogimiento de los términos,  la carencia de jueces constitucionales en las instancias de bajo nivel, donde volvió la promiscuidad y se anula la especialidad, con la imposición de la prioridad de las acciones de amparo constitucional.  

Las Acciones Populares, en su esencia contienen la agilidad, entonces uno no entiende porque la acción de la Escombrera en Cúcuta demoró en la primera instancia 8 años y esta de Odebrecht y sus socios solo 22 meses. ¿Vale más la procuraduría, que la cédula de ciudadanía de Pedro Piraquibe? Uno no entiende. Y sirven para proteger los derechos e intereses colectivos, como el espacio, el patrimonio, la libre competencia, la seguridad, la moral administrativa y el ambiente. Pasa, que no hay suficiente cultura para que la gente las utilice. 

Con dos acciones populares Jorge Heriberto  Moreno en una le recuperó al patrimonio de Cúcuta bienes por valor de $23.000 millones y ningún ciudadano en Cúcuta le dio las gracias. Ahora obtuvo en primera instancia la solución al ilegal negocio de la escombrera, que fue caja menor de un político.

Importante el fallo del Magistrado Lasso, pues el Consejo de Estado nos dará luces a nosotros y a los jueces constitucionales ¿Qué significado tiene las medidas cautelares pecuniarias en relación con los delitos de soborno y contratación ilegal? ¿Con las infracciones a la libre competencia que vigila la Superintendencia de Industria y Comercio? y ¿las sanciones por los “Otro sí” ilegales?  El  “otro sí” de Aguachica- Gamarra es Igual de ilegal, que los cuatro que aquí se firmaron contra la ley y contra el contrato de concesión en La EIS CÚCUTA SA ESP.

Solo con el “otro sí No.1” que firmamos, se ha generado un detrimento patrimonial a EIS CÚCUTA SA ESP  en impuestos por casi $20.000 millones de pesos. Lo afirmo porque defiendo la empresa con “pasión de cadete “. Entre tanto,  la contraloría municipal: ¡ahí! Utilicemos las acciones populares.

Tales interrogantes los hizo en una interesante columna en el Espectador Luís Felipe Henao el jueves de la semana  pasada. 

Adenda: Resulta increíble, que presumamos de demócratas, en un Estado donde a Andrés Felipe Arias, un conservador de convicciones, no se le garantiza el Derecho Fundamental de la segunda Instancia (Art.29). Además, condenado entre otros, por los Magistrados del cartel de “La Toga”: José Leónidas Bustos Martínez y Gustavo Enrique Malo. ¡Ver para creer!

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