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Para candidatos a la Alcaldía (3)
El próximo Alcalde debería simplemente cumplir lo que le ordena la Constitución y la Ley 489 de 1998.
Miércoles, 29 de Mayo de 2019

Por todas partes hay quejidos relativos a la repetición de errores en la  gestión delo público, a la falta de correcciones y rectificaciones, a la efectividad de los planes de mejoramiento, que se quedan en eso; en planes. Los aspirantes a ser Alcalde de Cucuta deben fortalecer el control social.

Una de las buenas propuestas, antes que las faraónicas y dentro de lo que algunos llamamos la Institucionalización del Municipio, es volverlo fuerte, o mejor cumplir con él, como mandan la Constitución y la Ley.

Nuestros líderes de todos los estratos, pero especialmente los del 1 al 3 están sumamente desprotegidos económicamente y en su integridad. Las normas Constitucionales consagtran el Control Social.  Y es absurdo, si alguien es amigo del Gerente público es el veedor ciudadano. Es tal vez el mejor indicador para reflexionar, para estudiar, para replantear, para corregir, para rectificar. 

La Constitución Política metió desde los artículos 1, 2,3 y 40 la participación ciudadana en la vida política y el derecho a ejercer el seguimiento a la ejecución de todas las políticas públicas en el país. Luego con la Ley 1474 de 2011 le colocó una lupa anticorrupción al control social, teóricamente fomentó los espacios de participación ciudadana a los niveles departamental y municipal, obligándolos a elaborar su plan de acción  y sus estrategias contra la corrupción, incluyó los despachos de Control Interno pero dentro de la ley 87 del 93, no por fuera de ella; y ahí quedó todo en el papel. 

Un buen tema de campaña, es prometer el fortalecimiento del Control Social. Aquí en Cúcuta es muy débil, está como algunos segmentos del sector privado, muy débiles, no resisten una hemorragia nasal. La prueba más reciente, fue el frustrado cabildo abierto que les dio a todos al Honorable Concejo y los Líderes sociales un portazo en la nariz. 

El próximo Alcalde debería simplemente cumplir lo que le ordena la Constitución y la Ley 489 de 1998. El Artículo 32 les canta que deben involucrar a los ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil en la evaluación y el control de la gestión. Incorporar en sus planes el fortalecimiento de la participación, hacer audiencias públicas, promover los mecanismos, apoyar en todos los sentidos las veedurías, la obligación de brindar apoyo económico está el  artículo 34, garantizarles su ejer5cicio está en el artículo 35 que contiene el acceso a los documentos públicos que no tengan reserva legal, y la capacitación permanente en el artículo 36.   

El cumplimiento de la ley es importantísimo, para el bien del mismo Gerente Público que vamos a elegir. Sobre todo el apoyo económico. Nuestros líderes sociales de las barriadas marginales, muchas veces no tiene para el transporte urbano, menos para la impresión de fotocopias de documentos, o para cancelar copias de los mismos en las entidades donde las solicitan. 

El caso que siempre repito es el de la recuperación de la Manzana de las Avenidas primera y segunda entre calles octava y novena, o Parque Bavaria, recuperada por el líder cívico Jorge Heriberto  Moreno, que sufragó de su propio peculio los gastos procesales, y ganada la acción, La Manzana -un bien inmueble valorado pericialmente en veintitrés mil millones de pesos- fue recibida por  el  Alcalde Donna Maris Ramírez, sin tener la gentileza elemental de dar las gracias.

Buen tema, para que lo discutan públicamente los precandidatos y candidatos a la Alcaldía de Cúcuta, antes que  la promesa de Pirámides y jardines de babilonia. 

Adenda: El Partido Conservador va bien. Dios quiera que juegue bien en las alianzas. 

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