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Poderes enfrentados

La Policía de Tránsito, un funcionario de la Defensoría del Pueblo y una persona que fungía de periodista.

El martes de la semana que pasó, recibí un video cuyos actores eran uniformados de la Policía Nacional en especialidad Tránsito y Transporte, un funcionario de la Defensoría del Pueblo y una persona que fungía de periodista. El Canal Bogotá con avenida 12 fue el lugar donde ocurrieron los hechos.

La autoridad operativa de tránsito se ubicó metros delante de una curva, de tal manera que los conductores se encontraban con el operativo, carente de señalización y en posición de cacería más no de prevención.

Por el lugar transitaba en motocicleta una mujer que recriminó la actitud de los policías, los cuales solicitaron documentos a la ciudadana y al darse cuenta de que todo estaba en regla, examinaron la llanta delantera y consideraron que estaba lisa. También apareció un señor con un chaleco de color azul y cámara fotográfica en mano, quien de inmediato tomó partido en la situación a favor de la conductora.

En la incómoda situación, convergen tres poderes diferentes, los cuales incurrieron en presuntas irregularidades con base en los criterios que expongo a continuación. El operativo, si es que así puede llamarse la “trampa” montada en un sector con baja afluencia vehicular y sin señalización, genera desconfianza en la ciudadanía, su objeto no es preciso y por otra parte, no permite desaceleración oportuna y en cambio, alta probabilidad de accidentalidad. Ese es el poder que imprime un uniforme.

La persona que dice ser periodista, reclama con justa causa, pero cuando la imagen se acerca a la llanta delantera, no es apreciable el labrado o huella de la misma. Ella, enseña su certificado de revisión técnico-mecánica al día, lo cual hace presumir que algo sucedió en la evaluación y aprobó íntegramente la condición de la motocicleta. Su actitud retadora y denunciante, la convierte en el poder de los medios de comunicación. 

Aparece en escena un funcionario de la Defensoría del Pueblo, quien juzga la actitud de los policías y se ubica al lado de la conductora, sin que mediara objetividad previa al juicio y es ahí cuando aparece el tercer poder. 

Considero que el actuar policivo quedó en ridículo cuando no aplicó la norma de tránsito, consistente en la imposición de un comparendo a la presunta infractora hasta tanto no tuviese el concepto del Centro de Diagnóstico autorizado, en concordancia con la ley 1383 de 2010 y el Decreto Ley 019 de 2012. 

El funcionario de la Defensoría, tan solo podría intervenir, denunciando de inmediato la situación ante los superiores de los uniformados, por presunta irregularidad evidenciada en el “operativo fantasma” puesto que su envestidura, no le permite actuar a favor o en contra de un procedimiento sin tener pleno conocimiento del mismo. 

La conductora, descarga la responsabilidad en el Centro de Diagnóstico Automotor que expidió un documento, aprobando lo exigido en la norma y quien debe ser objeto de una investigación por parte Superintendencia de Tránsito y Tránsito y Transporte, obrando como denunciante la Secretaría de Tránsito de Cúcuta, con base en el video, el certificado y las fotografías de la llanta. 

Lo realmente absurdo es que, en un país convulsionado por múltiples problemas, se vean enfrentados tres poderes, todos con pecadillo a bordo. 

Sábado, 25 de Noviembre de 2017
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