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ZESE: beneficio para las fronteras
A pesar de que la actividad de los servicios pertenece al sector terciario.
Miércoles, 4 de Diciembre de 2019

Se expidió por parte del gobierno nacional el Decreto reglamentario del artículo 268 de la Ley 1955 de mayo de 2019, que crea unas Zonas Económicas y Sociales Especiales (ZESE), con unos beneficios tributarios para los departamentos Norte de Santander, Arauca y La Guajira, y las ciudades capitales de Quibdó y Armenia por contar con las mayores tasas de desempleo en Colombia. 

En remojo quedó mi columna en el periódico, donde hacía reparos al proyecto de decreto publicado por el gobierno en la página web del Ministerio de Hacienda que, tal como estaba redactado y por los requisitos que exigía, hacía que el propósito de la Ley no se pudiera cumplir.  

Con la expedición del Decreto reglamentario 2112 de fecha 24 de los corrientes, que corrigió buena parte de los yerros del  proyecto inicial publicado, las empresas del sector agropecuario, industrial y comercial que se constituyan entre el 25 de mayo del presente año y el 24 de mayo de 2022  en los territorios señalados por la ley, y las empresas ya existentes con anterioridad al 25 de mayo de este año y que incrementen por una sola vez sus plantas de personal como mínimo un 15% y mantengan ese incremento en las nóminas serán beneficiarias de un impuesto de renta igual a 0 % en los primeros 5 años (contados a partir de 2020) y con un 50% de la tarifa plena que esté rigiendo en los segundos 5 años, para un beneficio total tributario de 10 años. 

A pesar de que la actividad de los servicios pertenece al sector terciario, igual que el comercio, ella no fue incluida en la ley. 

Es histórico y hay que reconocerlo: un beneficio de esta magnitud no lo habíamos recibido nunca y estoy seguro de que la medida impulsará la generación de empleo si los empresarios la aprovechan para dinamizar la economía con mayor producción y diversificación de mercados nacionales e internacionales; advirtiendo eso sí que el beneficio no debe ser utilizado como una forma de elusión de impuestos para favorecer intereses particulares. 

También, las fuerzas vivas del departamento están en la obligación de divulgar nacional e internacionalmente las bondades de la norma para así atraer inversionistas esquivos por falta de incentivos. Y no sobra, como complemento para hacer más atractiva la inversión en nuestro departamento que las administraciones municipales también ofrezcan incentivos como la disminución (racionalización) de las tasas de industria y comercio que actualmente cobran a sus contribuyentes. 

A TODO SEÑOR TODO HONOR: debemos resaltar la labor del gobierno y del Congreso en la aprobación de la Ley que no entendemos cómo se coló en el plan de desarrollo en contra de la voluntad de los cacaos del interior que en todo momento se oponen a esta clase de iniciativas. 

De la misma forma, reconocimiento al congresista Jairo Cristo que estuvo presionando por la modificación del proyecto de Decreto que descontextualizaba la ley. 

Y, finalmente, mención especial para el empresario Manuel Guillermo Cabrera, quien una vez conocido el proyecto de Decreto del gobierno, no sólo le dirigió una carta muy bien fundamentada con las respectivas observaciones constitucionales, legales y de carácter práctico al presidente de la República, sino que también buscó por todos los medios que se atendieran positivamente las mismas como efectivamente sucedió. Él, con un trabajo discreto y silencioso, fue el promotor de este importante logro para los intereses del Norte de Santander. 

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