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Ante la crisis

Cuando el Estado no opera; el caos se adueña de la sociedad.

Estos días han sido quizá los más críticos para la democracia colombiana en muchos años. Que recordemos, nunca como ahora se había visto tan débil y vacilante un gobierno, ni se había hecho tan evidente cuán necesario es el imperio de la legalidad. Al momento de escribir estas líneas, no son pocos los acontecimientos que han causado estupor e indignación. Para solo mencionar algunos: que, a ciencia y paciencia de las autoridades, civiles armados hayan disparado contra manifestantes; el asesinato de Lucas Villa, quien  protestaba sin violencia; el caso de la menor que se suicidó tras haber sido detenida sin motivo y -según denuncias- víctima de abuso sexual por agentes policiales; numerosos muertos en confusas circunstancias y personas desaparecidas, sin que se vea una actividad investigativa eficiente, y sin que el Presidente de la República -comandante supremo de las fuerzas armadas-  asuma el control, ni informe al país sobre tan graves hechos. Todo ello ha incrementado el descontento popular, que ya nada tiene que ver con la reforma tributaria, retirada tardíamente, y nos ha conducido a una evidente ruptura del orden jurídico y a la pérdida de la normalidad institucional. Bloqueos y vandalismo, por una parte, y uso excesivo de la fuerza, por otra.

La Corte Suprema de Justicia, en fallo proferido el 22 de septiembre de 2020, al resolver sobre una demanda de tutela incoada en procura de garantías para el efectivo ejercicio del derecho a la protesta pacífica, había dejado en claro -fue una orden judicial desacatada- que, al momento del despliegue de la autoridad, los agentes estatales debían implementar un procedimiento verificable que evaluara la situación y un plan de acción previo. Los operativos policiales debían “estar dirigidos a la contención o restablecimiento del orden, y no a la privación de la vida o agresiones injustificadas”. Agregó la Sentencia que el uso de la fuerza por parte de los cuerpos de seguridad estatales “deberá estar definido por la excepcionalidad, y debe ser planeado y limitado proporcionalmente por las autoridades”.  

El Decreto 3/21, dictado por el presidente Duque en desarrollo del fallo, dispuso: “El personal uniformado de la Policía Nacional que intervenga en manifestaciones públicas y pacíficas, no podrá hacer uso de armas de fuego en la prestación del citado servicio”.

Nada de eso se cumplió y, a la fecha, hay alarma en organizaciones nacionales e internacionales por la persistente violación de los DD.HH., a raíz de un erróneo concepto sobre el uso legítimo de las armas, y por excesos de la fuerza pública, contra la Constitución y los Tratados. 

Cuando el Estado no opera; cuando no hay autoridad porque se confunde con la fuerza bruta; cuando las normas y sentencias no son cumplidas; cuando imperan las vías de hecho, en vez del Derecho y la razón, la consecuencia es la que estamos viendo: el caos se adueña de la sociedad.

La situación generada por la violencia tiende a salirse de todo control. Si, como han anunciado, Gobierno y organizadores del paro van a negociar, deben cesar ya los bloqueos a las vías y el vandalismo -que deslegitiman la protesta y perjudican a todos- y deben cesar igualmente los desafueros y abusos de la fuerza pública.

Domingo, 16 de Mayo de 2021
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