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La justicia sola no hace verano

Tan fuertes deben ser las herramientas que permitan a la justicia decidir sobre quién tiene verdadero derecho a poseer y explotar la tierra.

Cursa en el Congreso un proyecto de Acto Legislativo para establecer una jurisdicción agraria y rural. Su necesidad se plasmó en el Acuerdo de Paz de 2016, sería un órgano de cierre y un mecanismo alternativo al uso de la violencia y las vías de hecho.

Para muchos es la esperanza de que la legalidad revierta los efectos de la llamada contrarreforma agraria. Una justicia enfáticamente restaurativa. Para otros un instrumento que ordene la propiedad rural y fortalezca la productividad del campo colombiano. Incluso hay quienes opinan que la iniciativa dispersará aún más la administración de justicia en nuestro país.

Para el Gobierno Nacional, la propuesta es punta de lanza en pro de cumplir con el Acuerdo de Paz y reconocer los derechos del ciudadano campesino, vulnerados por interpretaciones débiles y disímiles de la ley en materia agraria. Es paso obligado a una reforma agraria ambiciosa, que ponga fin a las dificultades en la propiedad y en la tenencia de la tierra, así como a la falta de seguridad jurídica.

Sin embargo, es insensato esperar que la administración de justicia, por sí sola, asuma la enorme responsabilidad de resolver las consecuencias de desigualdad y exclusión. La independencia de la justicia es pilar del Estado de Derecho, pero su eficacia depende también de los instrumentos que el Estado disponga para la adopción, acatamiento y sostenibilidad de sus decisiones.

Tan fuertes deben ser las herramientas que permitan a la justicia decidir sobre quién tiene verdadero derecho a poseer y explotar la tierra, como aquellas que aseguren la vigencia permanente de sus providencias, sin más alternativas que aquellas dispuestas en el ordenamiento jurídico.

En concordancia, la priorización de zonas donde actuaría la jurisdicción agraria debe permitir identificar con suficiencia el rol de la tierra en el marco de actividades de explotación legal e ilegal y ante todo, dentro de confrontaciones entre actores ilegales o entre estos y el Estado. Formalizar la propiedad rural es solo uno de los elementos que pueden aportar a sustituir y superar las economías ilegales.

Empero sus dificultades, vale la pena rescatar las lecciones aprendidas por los jueces de restitución de tierras en once años de labores, como caso exitoso de justicia orientada a reparar los daños causados y a recuperar la dignidad de quienes fueron afectados.

No es lo ideal, pero la jurisdicción agraria debe estar preparada también para coexistir con manifestaciones remanentes de violencia con más o menos incidencia en los territorios donde funcione.

*Exviceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa

Domingo, 20 de Noviembre de 2022
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