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La receta del caldo y las dos tazas

Como esta crisis es otra oportunidad, es bueno preguntar y responder, ¿para qué sirve una emergencia económica?

La función intelectual y crítica, me decía Juan Diego Jaramillo, hay que ejercerla pensando en contra, conforme a la regla  de Ortega y Gasset.  Si la regla es el conformismo, la medianía y el “minimalismo”, pues hay que pensar en contra de ella. 

La columna pasada causó cierto escozor y por la red me cayó lluvia y centellas, una de ellas me invitaba a guardar silencio y dejar trabajar. 

Y como al que no quiere caldo se le dan dos tazas, pues aquí va la otra, que no cupo en la pasada, exigiendo inversión en la infraestructura regional para cambiar el modelo de desarrollo.

Como esta crisis es otra oportunidad, es bueno preguntar y responder, ¿para qué sirve una emergencia económica? 

Creo yo, que lo más didáctico es hacer historia sobre algunos decretos con fuerza de Ley, que produjeron efectos hasta conjurar  las  crisis, como concluye el Artículo 215 de la Constitución Política. 

I-El Presidente Gaviria, expidió el  Decreto 1178 de 1994 para solventar la catástrofe sísmica del Cauca y del Huila y el desbordamiento del Rio Páez, que arruinó 2.500 familias y culminó  con la Ley Páez o 218 de 1995 que firmó Samper, con un costo aproximado de 17 billones de pesos. 

Las exenciones tributarias por diez años, fueron de esta índole: De impuesto sobre la renta y complementarios 100% a las nuevas empresas agrícolas y ganaderas, microempresas, establecimientos comerciales, industriales y turísticos, compañías exportadoras y mineras que no se relacionen con la exploración de hidrocarburos ubicados en la zona, exención de impuesto de renta y complementarios por un periodo de diez años para empresas preexistentes en la zona, siempre que demuestren incremento en la generación de empleo mayor al 7%, además, se previó que toda empresa domiciliada en el país que efectuara nuevas inversiones, podría darle a su renta fiscal cualquiera de las siguientes opciones:

a-Descontar el impuesto de renta y complementarios  el 40% del valor de las inversiones que haya efectuado en las empresas señaladas en el Decreto, o 

b-Deducir el 115% que hubiere efectuado conforme a ley Páez. Exención total a utilidades de socios o accionistas. Exención de derechos arancelarios y del IVA para la importación de maquinaria, equipos, repuestos, materias primas, cuando se utilizaren en la recuperación económica de la región, crédito fiscal por el 15% de la inversión realizada. 

Ah, pero los “opitas” y los “patojos” tienen clase dirigente. 

II- El Presidente Pastrana Arango, con el Decreto 2330 de 1998, creó el GMF- Gravamen a Movimientos Financieros- declarando el Estado de Emergencia económica y social, luego de evaluar el legado samperista y la debacle financiera. Salvó el sistema financiero, fortaleció y capitalizó  Fogafin, se salvó el sistema UPAC cambiándole el nombre y reconstruyó a Armenia, reparó a Manizales  y  a Pereira y nos clavó el 2 

Jueves, 17 de Septiembre de 2015
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