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Versión crítica de la reforma tributaria

No es posible que los usuarios de Zonas Francas continúen gravados de manera diferente que las demás personas

Los objetivos del Gobierno con la reforma tributaria, según lo mencionó el ministro de Hacienda y Crédito Público, fueron cuatro: 1. Dar mayor competitividad al país en materia fiscal para la atracción de inversión extranjera; 2. Simplificar el sistema tributario; 3. Eliminar los tratamientos tributarios inequitativos; y, 4. Limitar los abusos de los contribuyentes para afectar las bases de tributación.

En nuestra opinión, sólo se cumplió el último de los objetivos. Con la reforma Colombia no se vuelve más atractiva para los inversionistas, ni mucho menos se hace más sencilla su tributación. Lo que sí hizo la reforma fue incluir varios artículos que limitan los mecanismos de los contribuyentes para reducir su impuesto, sin incluir ninguno dirigido a controlar los abusos de la DIAN cuando realiza sus fiscalizaciones. ¿Cuántos no prefieren pagar a pesar de tener la razón para evitar que le embarguen las cuentas o que tenga una visita anual del funcionario de la Autoridad Tributaria?

Empecemos con la competitividad. De acuerdo con el texto de la reforma, si bien se eliminó el CREE, las utilidades de las empresas para el año 2017 estarán gravadas con una tarifa del 34%, que se incrementará a 40% si la empresa genera más de 800 millones de utilidades.  Por si fuera poco, se implementó un impuesto al dividendo que para accionistas nacionales es del 10%. Esto es, la tarifa de tributación nominal para el año 2017, es del escandaloso 46% si se suma la tributación de la empresa junto con la del dividendo. 

Esta tarifa dista mucho de las que ofrecen países con los que Colombia compite. Para efectos de referencia, la media de tributación de los países de la Alianza del Pacífico es del 35%. Es decir, estamos 11 puntos por encima de otros países que no tienen los problemas que nosotros tenemos. Por esto, creemos, que es muy difícil decir que Colombia es más competitiva con la reforma.

En cuanto a la simplificación que pretendió el Gobierno, basta con leer los primeros artículos de la Ley 1918 que hablan de las rentas cedulares. Ahora las personas naturales tendremos que clasificar nuestros ingresos por conceptos, y someter a un régimen tributario independiente a cada uno de ellos. En 2018, cuando presentemos la declaración de renta de 2017, sufriremos esta tragedia.

En lo que toca con la eliminación de tratamientos preferentes, vale decir que si bien se hizo un esfuerzo, en nuestra opinión todavía es insuficiente. No es posible que los usuarios de Zonas Francas continúen gravados de manera diferente que las demás personas. La Comisión de Expertos que se nombró a principios de 2015 hizo énfasis en que se debían eliminar estos tratamientos que no tienen ninguna justificación y que pueden ser perjudiciales para la industria. 

Pero eso sí. La reforma sí incluyó una cláusula general antiabuso, el delito de evasión fiscal, limitaciones a las deducciones que resultaban dudosas y controles adicionales para patrimonios autónomos y contratos de colaboración empresarial.

Lunes, 9 de Enero de 2017
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