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Así se cumplirán las nuevas medidas de pico y placa en Cúcuta

Rige durante esta temporada de aislamiento obligatorio.

La Secretaría de Transito del municipio volvió a hacer cambios en el pico y placa que rige durante esta temporada de aislamiento obligatorio. Ayer,  la administración municipal publicó la nueva resolución que incluye nuevas medidas y excepciones.

Placa Día

En primer lugar se adoptó la medida de placa día para todos los vehículos particulares (motos, carros, camiones, camionetas, volquetas, etc.) ya sean de placa nacional o extranjera, la medida regirá de la siguiente manera:

Los días de fecha par, desde hoy hasta el 13 de abril, no podrán circular los vehículos terminados en número par (0,2,4,6,8), es decir, si por ejemplo la placa de su automóvil termina en 0, no podría sacarlo el día 28 de marzo. 

Los días de fecha impar, también desde hoy hasta el 13 de abril, no podrán circular los vehículos con placa terminada en número impar (1,3,5,7,9), por ejemplo, si la placa de su motocicleta termina en 1, no podrá sacarla hoy 27 de marzo. 

Transporte público

En segundo lugar, para el transporte público municipal y metropolitano, individual y colectivo también regirá el denominado ‘placa día’ bajo las mismas condiciones del pico y placa del vehículo particular, además deberá circular con la mitad de su capacidad de pasajeros incluyendo al conductor.

Lo que quiere decir que un taxista que la placa de su automóvil termine en número par (0, 2, 4, 6, 8) podrá circular hoy 27 de abril, pero solo puede llevar a  dos pasajeros en su medio de transporte. 

En cuanto a la ocupación de los vehículos particulares, solo puede estar la persona que conduce y en el caso de las motocicletas también está prohibido el acompañante o parrillero.

Excepciones

Los siguientes vehículos están exentos de la medida de pico y placa: 

Caravana presidencial, vehículo de servicio diplomático, carrozas fúnebres, organismos de seguridad del Estado, vehículos de emergencia, transporte de personas en condición de discapacidad, empresas de servicios públicos y domiciliarios, control de tráfico y grúas, control de emisiones y vertimientos, Unidad Nacional de Protección a ciudadanos, empresas de vigilancia y seguridad, medios de comunicación,  autoridades judiciales, transporte escolar o turismo designado para transporte especial.

A estas se sumaron 34 excepciones temporales al toque de queda, entre las que se destacan, el aumento del cupo a 3 personas por automóvil para las personas que prestan servicios de salud, ellos deben certificar que van a prestar este servicio y también estarán eximidos de la medida de pico y placa.

Los trabajadores de bancos, notarías, personas que trabajen en las cadenas de siembra, cosecha  producción o abastecimiento y comercialización de productos también están exentos de la medida pero deben desplazarse solos en su medio de transporte. 

Por su parte, los que se dedican a cuidar niños, personas con discapacidad, o adultos mayores pueden desplazarse con los beneficiarios en caso de una emergencia o tratamiento y deben presentar las evidencias de lo anterior.

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Viernes, 27 de Marzo de 2020
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