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¿Cuál es la velocidad para transitar en el área metropolitana?

La problemática en Cúcuta es porque no hay señales que indiquen cuál es la velocidad permitida.

Según el Código Nacional de Tránsito, norma por la que se rige el área metropolitana, la velocidad máxima permitida a quienes conducen automotores en la ciudad no es única.

Depende de por dónde sea el desplazamiento.: 60 kilómetros por hora en cualquier avenida o autopista, y 30 en las demás calles. Pero si la avenida cruza zonas de vivienda, escuelas, hospitales o similares, la marcha debe hacerse a 30 kilómetros.

El problema en Cúcuta es que, además de no haber señales que la indiquen, los conductores de carros y motos ignoran a qué velocidad se permite ir. No lo sabe ni el secretario de Tránsito, José Luis Duarte, para quien, según dijo, se debe ir a 10 o a 20 kilómetros por hora.

En lo que acertó fue en señalar que “la falta de cultura vial, más que el desconocimiento de la norma, es lo que lleva a la infracción”.

En Villa del Rosario, los límites de velocidad no son los mismos para todos los sectores. En la  autopista internacional Simón Bolívar, lo máximo permitido es de 60 km/h, pero hay dos puntos de fotomulta que ordenan a los conductores a ir a 50 o a 30 km/h.

La velocidad permitida dentro del casco urbano es de 30 kilómetros. Y, aunque no todos los sectores están señalizados, los conductores deben ir a esa velocidad.

En Los Patios, la velocidad máxima es de 30 km/h, pero hay zonas de control electrónico por donde, en vez de los 60 kilómetros por hora, se permite ir solo a 40 y 50.

De 20 conductores consultados solo 12 conocían la norma, que dijeron no respetarla, porque confían en sus habilidades.

La multa para quienes violen la ley  es de 15 salarios mínimos diarios legal vigentes.

Angélica Gutiérrez
Practicante de periodismo 

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Domingo, 30 de Abril de 2017
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