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Denuncian cobros de matrículas en colegios públicos de Cúcuta

Hay versiones encontradas sobre estos cobros ilegales. La Opinión les cuenta los detalles.

Por estos días se adelanta en las diferentes instituciones educativas de la ciudad y del departamento el proceso de matrícula de estudiantes para el calendario académico de 2022, un trámite que es gratuito para la formación de preescolar, primaria y secundaria.

Si bien el proceso se adelanta con normalidad en la ciudad, una denuncia realizada por Eduardo Parra, presidente de la Liga Municipal de las Asociaciones de Padres de Familia (Asopadres), alerta a los acudientes sobre supuestos cobros obligatorios en medio de estos procesos.


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Parra asegura que ha recibido información sobre al menos dos instituciones educativas de la ciudad que no han permitido terminar el proceso de matrícula si no se da un aporte económico que, según dice, debería ser voluntario y no obligatorio.

“Es injusto que le estén cobrando de manera obligatoria a los padres de familia cuotas de $15.000, $30.000 y hasta $50.000 para poder matricular a sus hijos, cuando esto está prohibido según lo estipula la Ley 115 de 1994, en su artículo 203; y el Decreto 1286 del 2005, en sus artículos 12 y 14, donde se aclara que no se pueden hacer cobros complementarios o para servicios educativos”, señaló.


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Según el representante de la Liga Municipal, ya tiene identificado a los colegios que estarían cobrando estos dineros, por lo que instó a los padres de familia a denunciar si efectivamente los están obligando a realizar los aportes.

“Me han hablado de unos colegios, por ejemplo, el colegio Pablo Correa León, el Francisco José de Caldas de la ciudadela de la Libertad, es posible que haya más colegios de la ciudad, pero es necesario que los padres de familia denuncien estos hechos porque no son obligaciones”, señaló.

En visita realizada a las páginas web de los colegios anteriormente mencionados, y sus perfiles de redes sociales, se constató que entre los requisitos exigidos para el proceso de matrícula no se encuentran las cuotas mencionadas ni para realizarlas voluntariamente u obligatoriamente, solicitando los documentos de identificación, certificado de notas, entre otros.


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Según Parra, los cobros se estarían realizando para costear parte de los pagos del personal de limpieza y de seguridad de las diferentes sedes, por lo que reiteró que dicho aporte debe ser voluntario, más no obligatorio.

“La Liga no está en contra de la colaboración, porque entendemos que el papá Gobierno Nacional no nos puede dar todo y actualmente no existen los recursos en el ente territorial, pero eso es una colaboración y no una obligación”, sostuvo.

En diálogo con Mónica Zulay Ríos, rectora de la Institución Educativa Pablo Correa León, la titular manifestó que efectivamente existe un cobro, pero éste es totalmente voluntario y en ningún momento el no pagarlo implica comprometer el cupo dentro de la institución.

“Nosotros autorizamos el recaudo de un dinero totalmente voluntario para el pago de las personas de seguridad en las cuatro sedes debido al aumento de la delincuencia. Algunos padres de familia nos han manifestado no tener dinero o tener menos, por lo que se ha comprendido la situación. Es falso que estemos dejando estudiantes sin cupo por no realizar el aporte”, sostuvo.

¿Qué dice la Secretaría de Educación?

La secretaria de educación municipal Jessica Dayana Ramírez López enfatizó que bajo ninguna circunstancia se han autorizado cobros o costos educativos en establecimientos con carácter oficial, añadiendo que, por lo contrario, la Secretaría es garante de la gratuidad educativa.


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“Se exalta que bajo ninguna circunstancia se podrá negar el acceso al servicio público educativo de los estudiantes por motivo de no pago. En dado caso que a la Secretaría de Educación se le notifique de alguna queja formal por tal motivo, se iniciará de manera inmediata a investigar el caso mediante el equipo de inspección y vigilancia, protegiendo dicho derecho fundamental”, añadieron desde esta dependencia.

¿Qué dice la ley?

La Ley 115 de 1994 establece que los establecimientos educativos no podrán exigir por sí mismos, ni por medio de las asociaciones de padres de familia, ni de otras organizaciones, cuotas, bonos o tarifas adicionales a las aprobadas por concepto de matrículas, pensiones y cobros periódicos.  “Sólo los establecimientos educativos privados, sin ánimo de lucro, podrán establecer un bono como aporte de capital, con destino al mejoramiento del proyecto educativo institucional (...)”, se lee en la Ley.

Esta norma estableció hace casi 18 años que “los establecimientos educativos que en la fecha tengan adoptados sistemas de financiación mediante bonos o aportes de capital, tendrán un período de cinco años para ajustarse gradualmente a lo dispuesto en este artículo”. 

Entre tanto, el Decreto 1286 del 2005, en su artículo 14, estipula la prohibición de “imponer costos diferentes de los legalmente establecidos por las respectivas autoridades educativas”.

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Viernes, 3 de Diciembre de 2021
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