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Cúcuta
No hubo séptima vez para Héctor Parra en la UFPS
Mientras se cumplen nuevas elecciones el Consejo Superior de la UFPS deberá designar el reemplazo temporal de Parra.
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Sábado, 18 de Junio de 2022

Lo que se veía venir en la rectoría de la Universidad Francisco de Paula Santander (UFPS), se produjo ayer con la noticia que emitió la Sección Quinta del Consejo de Estado en la que se anunció en fallo de segunda instancia la nulidad del acuerdo #028 del 25 de junio de 2021, mediante el cual se designó a Héctor Parra López como rector para el periodo 2021-2025.


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Los demandantes Jorge Heriberto Moreno y la Veeduría Procura UFPS expresaron ayer su complacencia “porque se hizo justicia en favor de los intereses de la educación de Norte de Santander”.

El representante de la citada veeduría, Carlos Bolívar, indicó a La Opinión que en Norte de Santander se vale creer para que las cosas cambien, que no hay mal que dure cien años ni universidad que los resista”.

Dijo que la comunidad universitaria tendrá una nueva oportunidad de elegir el rector que merece el siglo XXI y los nortesantandereanos. “La Universidad Francisco de Paula Santander siempre ha estado divorciada de la realidad del departamento”, dijo el líder social.


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Con esta era la séptima vez que Parra iba a estar al frente de la rectoría del alma mater. La Opinión intentó varias veces conocer su posición respecto del fallo, pero no respondió a las reiteradas llamadas que se le hicieron a su teléfono celular. No obstante, él tendrá la oportunidad de pedir la aclaración del mismo como recurso que le permite la ley.

Lo que sigue

Al quedar en firme el fallo, el Consejo Superior Universitario de la UFPS deberá designar un reemplazo temporal de Parra, el cual estará al frente de la rectoría mientras se surte el proceso de la nueva elección del rector, el cual se estaría llevando a cabo en el segundo semestre del presente año.

Antecedentes

En abril pasado, el Tribunal Administrativo de Norte de Santander había dejado en firme la elección del funcionario, tras considerar que este sí acreditaba el cumplimiento de los requisitos legales para el ejercicio del cargo, entre ellos el que respecta a la edad de retiro forzoso.

Como se sabe, a Parra López lo demandaron porque, al parecer, se encontraba inhabilitado para aspirar a un séptimo periodo en la rectoría de ese centro educativo. Jorge Heriberto Moreno y la Veeduría Ciudadana Procuraduría Ciudadana UFPS (Procura UFPS), alegaban que además de que era mayor de 70 años al momento de su designación, el rector se encontraba retirado del servicio público y gozaba de la condición de pensionado.


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Estos argumentos fueron acogidos por los magistrados del alto tribunal, quienes consideraron que en este caso se trasgredieron normas relacionadas con el reintegro de pensionados a las rectorías de las universidades oficiales y hubo una vulneración de las prescripciones jurídicas adoptadas en la Universidad.

“(…) se tiene que, en contravía de la normatividad adoptada por la UFPS, como manifestación del principio de autonomía universitaria, el señor Héctor Miguel Parra López, catedrático de la Universidad para el primer semestre del 2021, fue elegido rector de la institución, periodo 2021-2025, a pesar de que el parágrafo del artículo 1º del Acuerdo No. 133 de 2007 prohibía –y prohíbe– que los catedráticos desempeñaran empleos académicos o administrativos en su interior”, reza un aparte del fallo.

Los consejeros también concluyeron en su decisión que la nulidad de la elección debía prosperar, por cuanto, “en el expediente está demostrado que el señor Héctor Miguel Parra López para el 25 de junio de 2021 disponía de la calidad de pensionado, contando además con 70 años, 4 meses y 13 días.

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