A través de la resolución N°0063 del 27 de febrero de 2023, emitida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social adscrita al grupo de Resolución de Conflictos-Conciliación de la dirección territorial de Norte de Santander, se conoció que la Universidad Francisco de Paula Santander (UFPS) fue sancionada y multada porque, al parecer, eludió atender el pliego de peticiones presentado el año pasado por el Sindicato de Trabajadores y Empleados Universitarios de Colombia – Subdirectiva UFPS (Sintraunicol).
Lea también: Hay 2.075 cupos para estudiar en el SENA Norte de Santander
La decisión se produjo tras la denuncia formal y legal que hicieron para la Convención Colectiva de Trabajo (CCT) suscrita entre ambas partes en el periodo 2010-2012 y la cual estaba vigente hasta el 30 de junio del 2022.
El documento señala que la institución de educación superior tendrá que pagar una multa equivalente a $1.914 millones, los cuales deberán ser consignados al Fondo para el Fortalecimiento de la Inspección, Vigilancia y Control del Trabajo y la Seguridad Social (Fivicot).
La Universidad Francisco de Paula Santander con motivo de la presentación del pliego de peticiones que le hizo la organización sindical Sintraunicol- Subdirectiva UFPS, el día 30 de junio de 2022, a través de escrito radicado bajo el número 3911 de igual fecha, presuntamente vulneró los términos que establece el numeral 1 del artículo 433 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), para dar inicio a las conversaciones en la etapa de arreglo directo para la negociación, reseña el documento.
Lea aquí: Se reactivó la Junta Departamental de Educación
¿Qué es una CCT?
La CCT se constituye como un acuerdo de voluntades entre los trabajadores y sus empleadores mediante la cual se fijan las condiciones que regirán durante su relación laboral.
En este sentido, de acuerdo con la sentencia 1050-01 de la Corte Constitucional de Colombia, la denuncia de la Convención Colectiva de Trabajo es definida por ley como la manifestación escrita, procedente de cualquiera de las partes o de ambas, que expresa la voluntad de dar por terminada la Convención Colectiva de Trabajo.
Formulada así la denuncia de la CCT, el artículo 479 del CST precisa que esta continuará vigente hasta tanto se firme una nueva convención.
Entérese: ¿Cuándo es oportuno adquirir un nuevo crédito?
La citada resolución detalla que Sintraunicol dio inicio al “conflicto colectivo” mediante la presentación de un pliego de peticiones que se esperaba fuera recibido por la rectoría de la universidad, a fin de instalar una mesa de negociación con los trabajadores oficiales, situación que nunca ocurrió.