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Estos son los montos máximos para comprar durante los días sin IVA

El 19 de junio será la primera jornada.

En menos de un mes, el 19 de junio, se llevará a cabo el primer día sin cobro del impuesto del IVA en la compra de alrededor de 100 tipos de artículos correspondientes a siete categorías o “bienes cubiertos”, dentro de los que se destacan vestuario, electrodomésticos y los insumos agropecuarios.

Lo anterior significa que para todas las manufacturas que están por fuera del decreto 682 del 21 de mayo de 2020, que reglamenta la iniciativa, se seguirá cobrando el mencionado impuesto ese día, así como el 3 de julio y el 19 de julio, que son las fechas adicionales previstas para este año, en las que no se pagará IVA por el mencionado grupo de productos.

En estas jornadas no se aceptará el pago en efectivo, aunque se podrá facturar tanto electrónicamente como con papel. Además, cada persona podrá comprar máximo tres artículos de una misma categoría, por ejemplo vestuario, en un mismo establecimiento comercial, y si quiere adquirir más prendas de vestir aplicando a la exención, puede hacerlo en otro almacén.

Así mismo, cabe aclarar que los consumidores podrán comprar productos de diferentes categorías durante el mismo día, es decir que pueden comprar computadores, ropa y electrodomésticos, usando la exención tributaria.

Ahora bien, las categorías o “bienes cubiertos” para estas fechas son: vestuario, complementos de vestir, electrodomésticos, elementos deportivos, juguetes y juegos, útiles escolares e insumos del sector agropecuario.

El valor máximo de los artículos que se podrán comprar estará determinado por la Unidad de Valor Tributario (UVT) dispuesta por el Gobierno, la cual cambia según el caso.

En lo que respecta a vestuario, el decreto incluye absolutamente toda la ropa y el calzado, mientras que se exceptúan las telas y las materias primas.

En este caso se podrán comprar prendas cuyo valor de venta, excluyendo el IVA, sea igual o inferior a 20 UVT, eso significa que se puede comprar un vestido, chaqueta o zapatos, que valgan máximo $712.140, teniendo en cuenta que cada unidad de 2020 equivale a $35.607.

Los electrodomésticos exentos serán: televisores, parlantes de uso doméstico, tabletas, refrigeradores, congeladores, lavaplatos eléctricos, lavadoras, secadoras, aspiradoras, enceradoras de piso, trituradores eléctricos, máquinas de afeitar, cepillos de dientes, calentadores de agua, secadores, planchas, calentadores de ambiente y ventiladores de uso doméstico, aires acondicionados, hornos, cafeteras, computadores, equipos de comunicaciones, entre otros.

En este caso, el valor máximo a pagar por cada electrodoméstico exento de IVA, será de 80 UVT, es decir, $2.848.560.

Según el director de la Dian, José Andrés Romero, el tope de precio para la compra de estos productos fue aumentado en el último decreto y se incluyeron los computadores y celulares, que habían sido descartados.

Respecto a los elementos deportivos, se contemplaron también balones, raquetas, bates, trajes de neopreno, aletas, salvavidas, cascos, protectores, zapatos deportivos y bicicletas, tanto análogas como eléctricas. El valor máximo será de $2.848.560 por unidad.

La categoría de juegos incluye muñecos, peluches, instrumentos musicales de juguete, naipes, juegos de tablero, juegos electrónicos y videojuegos, trenes, carros, sets de construcción, rompecabezas y canicas, patinetas y patinetas eléctricas. El valor máximo por unidad será de $356.070.

Respecto a los útiles escolares, se incluyen los software educativos y el valor máximo de cada producto será de $178.035.

En los insumos agropecuarios están abonos, insecticidas, antirroedores, reguladores del crecimiento de las plantas, sistemas de riego, aspersores, guadañadoras, cosechadoras, trilladoras, partes de máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, concentrados y medicamentos para animales, entre otros.

Para estos, el valor máximo será de $ 2.848.560. Frente a esta iniciativa, Jorge Enrique Bedoya, presidente de la Sociedad de Agricultora de Colombia (SAC), destacó que se incluyeran los productos, pero advirtió que en el campo el pago por medios electrónicos no está masificado, lo que sería un problema.

Por otro lado, el Ministerio de Hacienda advirtió que los vendedores de los bienes exentos deben disminuir del valor de venta al público el IVA. Adicionalmente, y para mayor control, los comerciantes deben enviar a la Dian cómo será su sistema para reportar las ventas de las jornadas.

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Colprensa
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Lunes, 25 de Mayo de 2020
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