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Las consecuencias que traería la reforma laboral para empresas de Cúcuta

Las micro, pequeñas y medianas empresas serían las más golpeadas por la reforma laboral, entre estas las de los sectores comercio y servicios.

Para el próximo jueves está prevista la radicación en el Congreso de la República, por parte de la Ministra del Trabajo, la reforma laboral que genera preocupación en los sectores empresariales de Colombia.

La Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco) en Norte de Santander informó que analizó el impacto en la economía de los cambios que busca el Gobierno con esta reforma, “que, a juicio de expertos, es la más importante, porque ella puede cambiar el rumbo de la fuerza laboral del país”.


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“En lo que concierne a esta ciudad (Cúcuta), donde la informalidad es una de las más altas del país, donde el comercio y servicios constituye, sin lugar a dudas, el de mayor participación en el PIB, estaríamos comprometiendo la fortaleza del tejido empresarial y la vinculación de nuevos puestos de trabajo”, indicó Fenalco.

Carlos Mario Sandoval, experto de la empresa EY para Colombia y México, la cual ofrece servicios de consultoría, auditoría y finanzas a las empresas, recalcó que las micro, pequeñas y medianas empresas serán las más golpeadas.

Carlos Mario Sandoval

Esto significa que en Cúcuta y el área metropolitana, en donde el 86% de las organizaciones son microempresas y el 9% son pequeñas, de acuerdo con la Cámara de Comercio de Cúcuta, la reforma causaría estragos. En el país, el 78% son mipyme y emplean al 77% de los trabajadores que hay.

“Es importante concertar una norma que no obedezca a las necesidades de unos pocos, sino a la gran mayoría de los colombianos”, expresó Sandoval.

55% de los empresarios reduciría nóminas

Fenalco y Carlos Sandoval destacaron que el texto desestimula el trabajo formal, lo que puede llevar al aumento de la informalidad y el desempleo. 


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Según el gremio regional, la encuesta Bitácora Express arrojó que, con la reforma, el 55% de los empresarios haría ajustes en reducción de nóminas, 27% evitaría la contratación de nuevo personal y 71% descartaría o disminuiría sus inversiones.

Los sobrecostos para las organizaciones podrían superar el 20% y saldrían perjudicadas el 85% de las empresas del comercio, toda vez que este porcentaje realiza actividades en horarios diurno, nocturno, domingos y festivos.

    Impacto de la reforma laboral

    El cambio de jornadas traería un incremento del 12% adicional. Este año habría un aumento de los costos laborales de entre el 30% el 35%. El Observatorio de la Mipyme de Acopi alertó que los costos laborales para las micro y pequeñas empresas aumentarían cerca del 10,5% con la ampliación de las horas extra.

    “Esta reforma laboral representa para todas las ciudades, principalmente para algunas como Cúcuta, en la generación de más desempleo. Ya algunos empresarios nos han consultado qué hacer, porque dicen que, si las cosas van a ser así, les tocará empezar a ajustar sus plantas de personal”, añadió Sandoval.


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    Respecto al contrato de prestación de servicios, indicó que es una figura necesaria y mundialmente aceptada, la cual no se puede satanizar, pero sí se debe enfrentar el abuso del cual se hace, pues, gracias a este tipo de contratación muchos independientes prestan servicios a varios clientes.

    Reforma laboral

    1. Jornadas, recargos y licencia 

    • Ampliar el recargo dominical del 75% al 100%                                                  
    • Ampliar el recargo nocturno a partir de  9:00 p.m. (hoy es desde 6:00 p.m)
    • Reducir la jornada de 48 horas semanales a 42
    • Reintegración del Día de la Familia 
    • Reintegración de 2 horas de recreación
    • Contrato especial a término fijo
    • Ampliar la licencia de paternidad a 12 semanas a 2025
    • Alza anual obligatoria por IPC para salarios superiores a 1 salario mínimo

    2. Tercerización 

    • Contratistas independientes: limitación en la prestación de servicios. El contratista especializado deberá pagar los mismos salarios y beneficios que tiene establecido el usuario del servicio para sus propios empleados (12 millones de independientes saldrían afectados). 
    • Servicios temporales: obliga a tener el mismo esquema de costos extralegales de los usuarios del servicio temporal, afectando a las empresas de servicios temporales (representan 400.000 empleados).

    3. Tipo de contratación

    • Contrato a término fijo o por obra o labor: empleadores tendrán que estipular el plazo o la obra del contrato y la actividad específica que va a realizar el empleado. 

    4. Estabilidad

    • Empresas enfrentadas a reducción en las ventas no podrán terminar los contratos de trabajo pagando una indemnización.
    • Embarazadas, personas con discapacidad, padres o madres cabeza de familia o a quienes les falte menos de 3 años para pensionarse, solo podrán ser despedidas con autorización de un juez. 
    • Cuando las empresas tecnifiquen procesos, no podrán despedir a los trabajadores que ejercían esos trabajos.

    5. Derecho laboral colectivo

    • Negociación de industria o por rama. Los sindicatos podrán presentar pliegos de peticiones a agremiaciones. 
    • Capacidad de huelga o paro en el ámbito laboral frente a cualquier inconformidad.
    • Eliminación de pactos colectivos, a pesar de ser una forma legítima de asociación y de negociación de quienes no desean afiliarse a un sindicato. (Hay 12.000 sindicatos y solo 3.000 negocian convenciones).
    • Competencia absoluta para los Tribunales de Arbitramento.
       

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    Leonardo Favio Oliveros Medina
    Leonardo Favio Oliveros
    Lunes, 13 de Marzo de 2023
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