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Economía
ZESE beneficiará a la industria, el agro y el comercio
La medida busca atraer inversión y generar empleo en algunas regiones.
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Martes, 26 de Noviembre de 2019

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió el Decreto 2112 que reglamenta en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) el régimen especial en materia tributaria para las empresas existentes y nuevas en los departamentos de Norte de Santander, La Guajira, Arauca y de las ciudades de Armenia y Quibdó.

Los sectores cuya actividad económica principal sea la industria, el agro y el comercio serán favorecidos con un 0 % en la tarifa del impuesto de renta durante los primeros cinco años, a partir del año gravable 2020, y un 50 % en la tarifa general aplicable a las personas jurídicas, los siguientes cinco años.

En el documento se especifica que las nuevas sociedades que se creen desde el 25 de mayo del presente año hasta el 24 de mayo de 2022, podrán postularse a los beneficios de la ZESE.

La medida busca atraer inversión y generar empleo en las regiones mencionadas y se implementará en las ciudades capitales cuyos índices de desempleo durante los últimos cinco años anteriores a la expedición del decreto hayan sido superiores al 14 %.

Este concepto fue emitido por el Viceministerio Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, basándose en las cifras oficiales del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), donde se determinó que las ciudades que cumplen con estas características son Armenia, Cúcuta y Quibdó.

Expectativas en empleo

Francisco Unda, gerente de la Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI) en Norte de Santander, dijo que la propuesta puede dinamizar la generación de empleo en la frontera y atraer nueva inversión.

El decreto determina que las empresas que quieran aplicar al beneficio tributario deberán contratar un 15 % más, tomando como base el promedio de número trabajadores vinculados durante los dos últimos años y mantenerlo durante el tiempo de vigencia del régimen especial. La Ley determina que en ningún caso el número de nuevos empleados podrá ser inferior a dos.

En el caso de las empresas nuevas, el aumento del 15 % tendrá como base el promedio de los trabajadores vinculados desde su constitución y tampoco podrá ser inferior a dos empleos.

La medida busca combatir las tasas de desempleo que han presentado en los últimos cinco años las ciudades de Quibdó, Cúcuta y Armenia que para el último trimestre julio-septiembre  fueron de 18,4 %, 16,5 % y 15 % respectivamente.

Unda destacó que la medida también combate la informalidad porque apuesta por la generación de empleo formal en los departamentos.

Por su parte, Felipe Muñoz, gerente para la frontera con Venezuela, destacó que estos incentivos tributarios buscan motivar a los empresarios y a los inversionistas a generar empleo en las regiones que han sido afectadas por el flujo migratorio.

El funcionario agregó que con la próxima resolución sobre formalización laboral de venezolanos, que hace parte del paquete de medidas del plan de impacto de fronteras, se generarán las condiciones para que las empresas puedan contratar migrantes si tienen las capacidades y de esta forma mejorar las condiciones económicas de la región.

Los sectores

El decreto determinó que las empresas del sector industrial, agropecuario y comercial podrán presentarse para hacer parte del régimen tributario especial.

Solo fueron excluidas las empresas dedicadas a las actividades portuarias y las de exploración y explotación de minerales e hidrocarburos.

Unda consideró que para los tres sectores la propuesta es importante. “El crecimiento en el comercio por la demanda de bienes de los migrantes pendulares hace que sea una medida beneficiosa, mientras que en el sector agroindustrial es una ventaja para la formalización y la generación de empleo rural”, indicó.

El dirigente local de la ANDI manifestó que el sector manufacturero y la industria deben ser los abanderados en la generación de empleo para la región.

En el decreto se especifica que las empresas que apliquen para hacer parte del régimen tributario de la ZESE deben desarrollar su actividad principal dentro del territorio.

También, se permitirá actividades económicas secundarias para las empresas, es decir, que comercialicen los bienes producidos a nivel nacional e internacional.

Las actividades económicas industriales fueron definidas como las “realizadas a través del uso de materias primas, insumos, maquinaria, equipo, recursos humanos, tecnológicos o servicios, para la transformación y obtención de bienes”.

Las actividades agropecuarias se definieron como “los procesos productivos que incluyen la siembra de cualquier tipo cultivo agrícola, plantación forestal o pastos, y la cría, levante o engorde animales para el consumo o para la venta”.

Mientras que las actividades comerciales corresponden al expendio, compraventa o distribución de bienes y mercancías, tanto al por mayor como al por menor.

 El sector agropecuario de la región es uno de los más informales. Por eso, el decreto es una posibilidad para formalizar estas micro y medianas empresas.

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Suministro de información

Las sociedades comerciales que apliquen el régimen especial deberán cumplir con las obligaciones tradicionales para cancelar el impuesto sobre la renta y enviar toda la información correspondiente a la seccional de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

Los documentos que deberán entregar son:

Una declaración juramentada del contribuyente al  régimen especial ante notario público, donde conste que la sociedad se encuentra instalada en el territorio.

Un certificado de existencia y representación legal.

Una certificación firmada por el representante legal y el revisor fiscal donde conste el aumento de empleo generado, el total de empleos directos de la sociedad en el periodo de aplicación de la ZESE y la copia de las planillas de pago de los aportes al sistema la seguridad social.

No podrán aplicar 

El tratamiento no será aplicable a las sociedades que a partir del año gravable cambien el domicilio principal a un municipio que no haya sido declarado como parte de la ZESE durante la vigencia del régimen especial.

Así como, a las sociedades que desarrollen su actividad económica principal o secundaria en forma diferente a la establecida en el decreto, las que incumplan con el requisito de generar y mantener el aumento del empleo directo y las que desarrollen negocios jurídicos que sean catalogados como abusos tributarios.

También, habrá una clausula antielusión que determina que cuando exista una fusión entre dos sociedades y una no haya optado al régimen especial, se cobrará la mayor tarifa de renta entre las sociedades participantes.

Y en el caso que haya una división de patrimonios y la sociedad que se escinde optó previamente a la ZESE, se cobrará la mayor tarifa del impuesto de renta de las partes.

 El comercio de la región es uno de los sectores con mayor potencial, por el aumento de la demanda de bienes y servicios en la ciudad a raíz de la llegada de compradores del vecino país.

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