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De su misma medicina

Se puede decir que a Martín Herrera le dieron su misma medicina al ser suspendido durante tres meses por la Procuraduría.

Como remate de su pase por la Personería de Cúcuta, como encargado, se puede decir que a Martín Herrera León le dieron su misma medicina al ser suspendido durante tres meses por la Procuraduría.

El suspendedor funcionario, como se le podría llamar por la aplicación de  rápidas acciones cautelares de tipo disciplinario, de  las cuales nunca echó mano cuando cumplió su período constitucional 2016-2020, el cual coincidió en su mayoría con la pasada administración municipal, manejada por César Rojas, afecto al  Ramirismo.

Desafortunadamente, ese despacho quedó convertido en una especie de  martillo castigador contra el actual gobierno municipal, luego del alargue de sus actividades que le diera el Concejo mientras se procede a escoger al personero en titularidad. 

Para otra oportunidad queda pendiente una nota sobre por qué fue tan ¿complaciente? o ¿vista gorda? con el pasado gobierno que manejó el municipio, contra el cual ni siquiera Martín Herrera levantó un poco la voz.

Ahora lo importante es que el imperio de la ley -tan aporreado en estos momento- es necesario que sobresalga y ponga en el lugar debido las actuaciones en los procedimientos para escoger a los personeros, cerrándole el camino a las operaciones truculentas y a la interpretación amañada de los códigos y de los incisos y de los fallos, para finalmente terminar haciéndole el juego a ciertas castas políticas que al sentirse huérfanas del poder arañan donde sea para intentar seguir vigentes.

En este momento, a Herrera León lo persigue el fantasma de la incompatibilidad prevista en el literal a) del artículo 175 de la Ley 136 de 1994, por 12 meses, según lo dispone el artículo 51 de la Ley 617 de 2000.

Hay un asunto muy claro en lo que afirma la Procuraduría de que al ejercer como personero municipal transitorio, Herrera León estaría incurso en causal de incompatibilidad, toda vez, que terminado su período institucional como personero titular, no podía ejercer cargo público en el respectivo municipio durante 12 meses, es decir, a partir del 1 de marzo de 2020.

Al ahora emproblemado personero se le olvidó o no revisó o simplemente se hizo el que no sabía -a pesar de las advertencias de un grupo de concejales que lo previno  en la sesión - que  las incompatibilidades son prohibiciones establecidas en la Constitución Política y la Ley dirigidas a evitar la acumulación de dignidades, cargos o funciones y que por su violación, se vienen consecuencias disciplinarias  y penales, en el evento que la acción prospere.

Pero también sería bueno que aquí se sentara un precedente como el ocurrido en otras partes del país en lo relacionado con las actuaciones del Concejo que van contra la ley, sin que por estos lares fronterizos nunca pase nada, aparte del escándalo mediático y todo termine como si nada.

Aquí es imperativo que la corporación coadministradora y sus componentes complacientes también entiendan que hay un ordenamiento legal que acatar, por encima de cualquier consideración partidista o de maniobra tendiente a ‘apretarle clavijas’ a la administración de turno.

Por este caso, además de Martín Herrera León, diez concejales entraron en el ‘radar’ de la Procuraduría, entre ellos el presidente y el vicepresidente, lo cual servirá para arrojar luces sobre su actuación con las respectivas consecuencias que esta acarree, pues la ciudad tampoco puede verse sometida a este tipo de procedimientos amañados, que en últimas no son para beneficios de las mayorías, sino de los intereses de unos cuantos.

Miércoles, 8 de Julio de 2020
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