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Editorial
La Ley Empanada
La ley reconoce por primera vez en Colombia al vendedor informal como sujeto de derecho.
Miércoles, 14 de Agosto de 2019

En febrero pasado se formó un alboroto en el país por la sanción impuesta a un ciudadano por haber comprado una empanada a una señora en un puesto de venta en un sector de Bogotá.

La sanción consistió en una multa de 800.000 pesos y las autoridades  capitalinas la justificaron y aplicaron por considerarla una gravísima violación al nuevo Código Nacional de Policía.

Como ocurre siempre, hubo muchos comentarios y opiniones – unos a favor y otras en contra –; tutelas, acciones judiciales, y la controversia se extendió por todo el país y fue hábilmente aprovechada y convertida en otro factor de polarización y confrontación.

En agosto de 2017 comenzó a tramitarse en el Congreso de la República una iniciativa de la bancada del Movimiento Mira para regular las ventas informales o ambulantes que logró su aprobación final y conversión en ley en junio de 2018. A raíz del sonado caso de la empanada, los legisladores decidieron darle éste nombre y el pasado lunes fue sancionada por el presidente Iván Duque. 

El gobierno del presidente Duque tomó la decisión de convertir esta ley en nueva herramienta para combatir la informalidad, sector en el que están los vendedores de dulces, flores, ropa, accesorios para celular, comidas y por supuesto empanadas y pasteles. En la ceremonia de la sanción de la ley, que reconoce por primera vez en Colombia al vendedor informal como sujeto de derecho, el presidente Duque dijo lo siguiente:

“Hay muchas personas en nuestro país que empiezan así sus negocios y que no las podemos dejar en la simplificación de considerarlas informales o, en algunos casos, irresponsablemente por algunos gobernantes locales, llamarlas ilegales”.

La nueva ley sancionada por el Gobierno da un plazo de un año a los ministerios del Trabajo y del Interior para  la elaboración y estructuración de una política pública que regule el trabajo de estas personas, que llegarían a  1.600.000 en todo el país.

Para esta regulación deben tenerse en cuenta las posiciones y planteamientos de los vendedores ambulantes, de la academia, y de los entes de control, entre otros.

Nos parece de la mayor importancia la formulación y promulgación de esta política, que tiene también como objetivo la creación de programas de capacitación para vendedores informales en diversos artes u oficios, que garantice el mínimo vital y la subsistencia de estos colombianos. Se comenzó a trabajar en su caracterización para conocer realmente a qué se dedican, cuál es su grado de vulnerabilidad, si tienen acceso a los servicios y derechos fundamentales como la salud y la protección laboral.

Como en Cúcuta hemos sufrido tanto y seguimos padeciendo el problema de las ventas ambulantes, callejeras e informales, las autoridades locales deben ponerse desde ya, y con toda la responsabilidad que exige la situación, en la  implementación y acatamiento de la nueva norma. Y ajustándola y  teniendo en cuenta nuestras necesidades y preocupaciones sobre la invasión del espacio público, cuya protección y cuidado es también un derecho fundamental de la comunidad.

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