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Estos son los límites de la propaganda electoral callejera
La Alcaldía de Cúcuta expidió en enero el Decreto 0019 para regular la publicidad de los candidatos.
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Jueves, 3 de Febrero de 2022

La campaña para las elecciones legislativas del próximo 13 de marzo está entrando en una etapa de pleno furor y una de las principales vías para cautivar votantes es a través de la publicidad, estrategia que debe ceñirse a una normatividad, con el fin de evitar un escenario en el que los candidatos de las maquinarias y las grandes estructuras saquen ventaja frente a sus competidores.

En el caso particular de Cúcuta, la Alcaldía expidió el pasado 13 de enero el Decreto 0019, regulando todo lo que tiene que ver con la instalación y publicación de vallas, avisos, cuñas radiales, entre otros elementos publicitarios, y controlar así la forma de promocionar las diferentes candidaturas.

Según lo establecido allí, cada partido político puede emitir 25 cuñas radiales diarias de hasta 30 segundos y pautar  hasta cinco avisos diarios de máximo una página por cada edición en medios impresos.


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En cuanto a las vallas, que es uno de los elementos a los que más suelen recurrir los candidatos, principalmente los de los grandes partidos, la norma expedida por la administración de Jairo Yáñez establece que cada colectividad  tiene derecho a ubicar hasta ocho avisos de este tipo en la zona urbana y rural de la ciudad.

La instalación de las vallas tiene cierto reglamento, pues su altura máxima debe ser de 12 metros, la distancia entre una y otra es de 80 metros para la zona urbana, y de 15 metros en el área rural del municipio.

En estas vallas se permite publicitar  máximo dos caras de candidatos y la altura a la que deben estar ubicadas va desde los 2,10 metros, hasta máximo los 18 metros, si se trata de un solo aspirante.


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Además, los avisos no podrán sobresalir del límite del inmueble donde esté ubicado, o del parámetro de construcción de las zonas.

En el sector rural, esta clase de avisos publicitarios deberán estar a una distancia mínima de 15 metros contados a partir del borde de la calzada hacia el interior del predio.

Para poder fijar la publicidad en vallas, el representante legal de cada uno de los partidos y movimientos políticos, movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos deberá presentar ante Planeación Municipal la solicitud de uso de valla, la cual deberá estar al día en el pago de impuestos.

“Queremos decirles a los candidatos y a los partidos y movimientos políticos, movimientos sociales y grupos significativos de ciudadanos que es importante ajustarse a la normatividad, por respeto a la ciudadanía, teniendo en cuenta que ellos como aspirantes al Congreso deben dar ejemplo y ajustarse a las determinaciones de la ley”, manifestó el alcalde Yáñez.

 

Lo que no pueden hacer

 

¿Qué es lo que no pueden hacer los candidatos?

Dice el decreto que expidió la Alcaldía de Cúcuta regulando la publicidad política, que las vallas no se podrán ubicar en zonas históricas o patrimoniales, en edificios, en glorietas e intersecciones viales, y sedes de entidades públicas, regla que ya se viene incumpliendo por parte de algunos aspirantes a llegar al Congreso de la República.

De excederse el número de vallas permitido, la Secretaría de Gobierno, con autorización de Planeación Municipal, y en compañía de la Policía, procederá a desmontar la publicidad y se informará al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que adelante las investigaciones respectivas.

La norma señala que tampoco se puede instalar publicidad en reservas naturales o hídricas, zonas declaradas de manejo de preservación ambiental, ni en lugares en los que se obstaculice el tránsito peatonal.


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La regulación dispuesta por la administración municipal para garantizar, igualmente, que la ciudad no termine empapelada e invadida por avisos que se demoran meses y hasta años en retirar, advierte que en Cúcuta también está prohibido promover campañas por medio de pasacalles, pendones, afiches o carteles, bombones, festones, globos, dirigibles, dumis y mogadores en vías públicas, andenes, plazas, fachadas de edificaciones, postes, cajas telefónicas, puestos de vendedores informales, separadores, paraderos y parques. Esto, sin embargo, parece no cumplirse en Cúcuta.

La Opinión conoció que, actualmente, desde Planeación Municipal adelantan un inventario de la publicidad permitida y la que no lo está, para que en los próximos días se adelanten operativos de desmonte de este material. 

 

Solo una empresa de taxis de la ciudad ha tramitado el permiso

 

Publicidad en vehículos 

Una de las principales modalidades de publicidad política en Cúcuta se da en los vehículos particulares y de servicio público. Ante esto, la autoridad encargada de regular el uso de esos elementos es la Secretaría de Tránsito.

Al respecto, el titular de ese despacho, Jorge Mayid Gene, explicó que existen varias normas que los ciudadanos deben cumplir para evitar sanciones, si son sorprendidos transitando con propaganda electoral.

Lo primero que hay que tener en cuenta, dijo el funcionario, es que para este uso se debe tramitar un permiso ante Tránsito Municipal, el cual tiene un valor de un tercio de salario mínimo para las agencias de publicidad y de tres salarios mínimos diarios para personas particulares. Estos valores aplican por cada mes.


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En el caso de la publicidad en vidrios panorámicos traseros, esta debe ser traslúcida o microperforada, con el fin de que el conductor no pierda la visibilidad. Esta clase de permiso que expide Tránsito solo se da para vehículos de placa nacional, por lo que aquel conductor que porte publicidad en un automotor de placa extranjera será inmovilizado.

En cuanto a los vehículos de transporte público, esta publicidad se puede portar, siempre y cuando se cumplan con las mismas reglas establecidas para los particulares.

“A la fecha, solamente una empresa de taxis ha solicitado y radicado un requerimiento para colocar publicidad en sus vehículos, de resto ningún particular, ni público ni de agencias de publicidad ha solicitado un permiso o autorización”, sostuvo Gene.

En vista de eso, el secretario anunció que desde el próximo 14 de febrero comenzarán los “operativos rígidos” en la ciudad si no se normaliza la situación. La sanción por infringir la norma es de un tercio de salario mínimo y la inmovilización del vehículo, según reza en el Acuerdo Municipal 040 de 2010.

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