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Abecé de la nueva Ley de Política Migratoria Integral

El proyecto de ley fue aprobado por unanimidad, en segundo debate el 27 de octubre del 2020 y ahora continuará en la Cámara de Representantes.

Desde el inicio de la crisis humanitaria en Venezuela y los cierres de frontera, miles de migrantes han emprendido camino hacia Colombia. A octubre de 2020 la cifra de venezolanos en el país era de 1.717.352 de ellos, 947.106 estaban de manera regular y  770.246 de forma  irregular. 

Sin embargo, la regularización es solo uno de tantos temas que entran a discutirse cuando se habla de Colombia como país receptor y de tránsito de migrantes; por esta razón se elaboró un proyecto de ley para establecer una política integral migratoria en el país, con la iniciativa de la senadora Emma Castellanos, el Ministerio de Relaciones Exteriores y la coordinación de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, además del apoyo de Migración Colombia y las unidades técnicas legislativas de los congresistas coautores de la iniciativa.

En primer lugar, la necesidad de este proyecto radica en el hecho de que siempre han existido leyes y disposiciones en cuanto a temas migratorios, pero han sido enfocadas en materias específicas y aspectos particulares, de manera que, lo ideal es tener una ley general y comprensiva sobre política migratoria, señaló la canciller Claudia Blum.

Además de los 4,7 millones de colombianos en el exterior, a los migrantes y retornados también los beneficiará la ley.

El proyecto especifica que en el contexto de la migración venezolana, el cual ha desatado crisis económica y social en las fronteras, este sería el motivo principal por el cual se busca establecer la política integral migratoria en relación con los espacios de direccionamiento, coordinación institucional, fortalecimiento de competencias para la gestión migratoria y desarrollo normativo en concordancia con la Constitución Política de Colombia. 

El proyecto de ley fue aprobado por unanimidad, en segundo debate el 27 de octubre del 2020 y ahora continuará en la Cámara de Representantes, asignado en la Comisión Segunda.

Temas que abarca

Migrantes: El proyecto contiene disposiciones para la integración social y económica, ordenada y legal, de los extranjeros que buscan establecerse en el país, de los retornados y de las comunidades que los acogen.

Colombianos en el exterior: Uno de los principios destacados en la ley, es la asistencia y mejoramiento de su calidad de vida y la ampliación de oportunidades en el país, para aquellos connacionales que deciden retornar.

Migrantes en tránsito: El proyecto contempla medidas preventivas y respuestas en situaciones de riesgo como el tráfico de migrantes y la trata de personas.

Blum destacó que  es necesario abarcar todas las aristas que trae el fenómeno migratorio para el país, en este sentido, la ley regulará materias como: derechos y obligaciones de los migrantes, las sanciones por el incumplimiento en la normativa migratoria, los términos de la protección internacional a los extranjeros en el país, pasaportes y visados, la nacionalidad colombiana, los trámites y servicios migratorios.
 

En cuanto a la participación ciudadana en la formulación de la política migratoria, entre las reformas se permitirá conformar la Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones, para que ese mecanismo sesione periódicamente y ejecute las funciones planeadas en la Ley 1465 de 2011.

¿Habrá nuevos documentos para regularización?

La ley incorpora una disposición que facultará a la Cancillería y a Migración Colombia para que, en el ámbito de sus competencias, adopten los criterios para emitir documentos, permisos o autorizar el ingreso, salida o permanencia de extranjeros sin el cumplimiento de los requisitos establecidos, cuando las circunstancias especiales de un país o nacionalidad lo hagan necesario.

Para los refugiados o en asilo

Este tema es parte del proyecto debido a que el refugio solo se encontraba desarrollado en el Decreto Único Reglamentario del sector de Relaciones Exteriores, y es necesario incorporar a nivel de una ley el contenido de las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, es importante elevar a categoría de ley la definición de refugiado acogida por Colombia. Al igual que con el concepto de asilo político, el cual no se encuentra reglamentado ni definido dentro de la normativa. 

El proyecto aclara la conceptualización de ambos términos y deja en cabeza del Ministerio de Relaciones Exteriores la reglamentación posterior de ambas figuras de protección internacional.

Retornados

Dentro de las reformas a la Ley 1565 de 2012 (Ley de Retorno) están: Mejor articulación entre las entidades intervinientes en el retorno, facilitación de requisitos y la creación del tipo de retorno académico.

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Keila Vilchez
Keila Vílchez B.
Jueves, 7 de Enero de 2021
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