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Gobierno extiende cierre de frontera hasta el 1 de noviembre

A través del Decreto N°1297, se amplió la medida que rige desde el 16 de marzo por la pandemia de coronavirus.

El Gobierno Nacional anunció, a través del Decreto 1297 de 2020, que el cierre de todos los pasos fronterizos terrestres, marítimos y fluviales del país, se extenderá hasta el próximo 1 de noviembre. 

De acuerdo con Juan Francisco Espinosa Palacios, director general de Migración Colombia, la medida busca evitar la propagación de la COVID-19 dentro del territorio nacional y la región, protegiendo así a ciudadanos nacionales y extranjeros. 

Migración estima reingreso de 200.000 venezolanosPara el jefe de la autoridad migratoria colombiana, el mes de octubre servirá para coordinar, junto a las autoridades locales y departamentales, las condiciones ideales que permitan pensar en una posible reapertura, sin poner en riesgo a la ciudadanía. 

Espinosa Palacios, quien, de acuerdo a los compromisos adquiridos con el Gobernador de Norte de Santander, estuvo reunido durante esta semana con las autoridades de los municipios Cúcuta, Villa del Rosario, Pamplona, Puerto Santander y Los Patios, afirmó que tras conocer las necesidades y la realidad de los diferentes municipios, espera en el transcurso del próximo mes poderse reunir con los gremios del departamento y así continuar construyendo, junto a la Gobernación, las alcaldías y demás actores de la región, una estrategia conjunta de apertura de frontera. 

Expectativas frente a reapertura de la frontera "Pensar en una posible reapertura de frontera es pensar en un sinnúmero de desafíos. Estamos frente a la posibilidad de comenzar a construir las fronteras que todos queremos. Fronteras ordenadas y seguras, que redunden en la tranquilidad de la región y del país. Pensar en abrir la frontera requiere del compromiso de todos y en eso debemos trabajar durante los próximos días", afirmó.

Se exceptúan del cierre de frontera, las siguientes actividades: 

  1. Emergencia humanitaria. 
  2. El transporte de carga y mercancía. 
  3. Caso fortuito o fuerza mayor. 
  4. La salida del territorio nacional de ciudadanos extranjeros de manera coordinada por la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, con las autoridades distritales y municipales competentes.

Se evalúa reapertura de la frontera: protector del Táchira Lea aquí el Decreto N°1297: decreto_1297_del_29_de_septiembre_de_2020.pdf

 

*Con información de Migración Colombia

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Miércoles, 30 de Septiembre de 2020
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